Michoacán - Tribunal Electoral del Estado de Michoacán - (MICH)

Solicitud del día 27/08/2024 a la dependencia Michoacán - Tribunal Electoral del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán

Descripción1. Existe o existieron casos en que se hayan substanciado procedimientos administrativos sancionadores en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios en contra de particulares (proveedores, postores, licitantes), en caso afirmativo, cual ha sido la resolución? y proporcionar la resolución correspondiente. 2. Se han instaurado procedimientos administrativos de responsabilidades en contra de particulares?, en caso afirmativo cual ha sido su resolución? y proporcionar la resolución correspondiente. 3. En caso de que se hayan instaurado procedimientos administrativos sancionadores en contra de particulares, mencionar si han realizado alguna manifestación respecto a la vulneración del principio non bis in ídem en su perjuicio?Respuesta del día29/08/2024Texto de respuestaVista la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 160353224000039, presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, a fin de dar trámite a su petición se requirió apoyo al Órgano Interno de Control de este Tribunal Electoral, al ser el área que con base en sus atribuciones, puede generar la información que usted precisó en su solicitud, quien en respuesta, remitió el oficio número TEEM-OIC-090/2024, a fin de dar atención a su solicitud, mismo que se adjunta a la presente. Notifíquese al solicitante a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en términos del artículo 67, párrafo primero, de la Ley Estatal de Transparencia, en virtud de que señaló como Medio para recibir notificaciones: Sistema de solicitudes de la Plataforma Nacional de Transparencia. Por otra parte, en caso de que tenga problemas para visualizar la respuesta, se puede comunicar al teléfono 443 113 01 30, extensión 140, con la titular de la unidad de transparencia, o bien, al correo electrónico: transparenciateem@gmail.com Finalmente, le informo que en términos del numeral 135 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, el solicitante podrá presentar recurso de revisión, ante el organismo garante, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160353224000039

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta25/09/2024Fecha solicitud término29/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaOrganismos Autónomos