Michoacán - Tribunal Electoral del Estado de Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 24/10/2024 a la dependencia Michoacán - Tribunal Electoral del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónBuen día, solicito la siguiente información. 1.Quién preside el Tribunal Electoral en el Estado.? 2. La persona que preside el Tribunal fue nombrada por el senado ? - si - no En caso de que su respuesta sea negativa, ¿Cuál es el procedimiento de designación de la magistratura presidencial? 3. La persona que preside actualmente el Tribunal Electoral, es la misma que presidió el Tribunal Electoral en el periodo inmediato anterior ? 4. ¿Cuál es el procedimiento legal que se utilizó para nombrar a la persona que preside el tribunal electoral local? 5. Se solicita la copia del acta de sesión y/o el instrumento jurídico donde tuvo la designación de la persona que preside ese Tribunal Electoral. Respuesta del día30/10/2024Texto de respuestaVista la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 160353224000047, presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, a fin de dar trámite a su petición se requirió apoyo a la Presidencia así como a la Secretaría General de Acuerdos, ambas de este Tribunal Electoral, al ser las áreas que con base en sus atribuciones, pueden generar la información que usted precisó en su solicitud, quienes en respuesta, remitieron los oficios número TEEM-PRE-ARBV-365/2024 y TEEM-SGA-3190/2024, a fin de dar atención a su solicitud, mismos que se adjuntan a la presente. Notifíquese al solicitante a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en términos del artículo 67, párrafo primero, de la Ley Estatal de Transparencia, así como a la dirección de correo electrónico proporcionado, en virtud de que señaló como Medio para recibir notificaciones: Correo electrónico. Por otra parte, en caso de que tenga problemas para visualizar la respuesta, se puede comunicar al teléfono 443 113 01 30, extensión 140, con la titular de la unidad de transparencia, o bien, al correo electrónico: transparenciateem@gmail.com Finalmente, le informo que en términos del numeral 135 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, el solicitante podrá presentar recurso de revisión, ante el organismo garante, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-160353224000047