Michoacán - Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas - (MICH)

Solicitud del día 22/02/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSolicito la información del proceso de adjudicación mediante el que se otorgó la autorización para instalar vallas publicitarias en la vialidad estatal conocida como "Ramal Camelinas" en el municipio de Morelia. Solicito se otorgue copia de la convocatoria y el fallo, también que la autoridad informe la valuación de los bienes públicos que está otorgando a particulares y el retorno que espera obtener con el permiso otorgado. Solicito copia del contrato, acuerdo o instrumento legal que otorga la autorización para colocar vallas publicitarias en el Ramal Camelinas y los dictámenes o documentos de caracter técnico en que se establezca que dichas vallas no incumplen la reglamentación vigente de caminos, señalética y otros relacionados.Respuesta del día22/03/2024Texto de respuestaMorelia, Michoacán, a 21 de marzo de 2024 JOSÉ ANTONIO PLAZA URBINA Me refiero a su solicitud de información presentada con fecha 22 de febrero del año 2024, registrada por la Plataforma Nacional de Transparencia con folio 161283524000048, misma que se cita a continuación: “Solicito ...”Habiendo realizado una búsqueda exhaustiva y razonable en todos y cada uno de los registros físicos y digitales que obran en la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas de la información solicitada, en términos de lo dispuesto en los artículos 131 de la Ley General de Transparencia, y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales; y, 1°, 3°, 4°, 5°, 6°, 8°, 9º, 64, 65, 66, 67, 68, 75, 76 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, le comunico y hago de su conocimiento: La carretera "MICH-220 RAMAL CAMELINAS, es de jurisdicción estatal, conforme a la Nomenclatura de la Red Carretera Estatal, publicada con fecha 15 de mayo de 2023, en el Periódico Oficial del Estado. Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º, fracción II de la Ley de Caminos y Puentes del Estado de Michoacán, la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas se encuentra facultada para otorgar los permisos a que se refiere esa Ley y resolver sobre su terminación; y en correlación con lo dispuesto en la fracción III del dispositivo 40 del mismo ordenamiento legal, la Secretaría podrá otorgar permiso entre otros para Instalar anuncios y señales publicitarias, de información o comunicación; por lo que para dar puntual atención a su solicitud, la habremos de desglosar punto por punto. En relación al primer punto ..hago de su conocimiento que la autorización de valla publicitaria fue realizada mediante la figura de Permiso otorgado por esta Secretaría en ejercicio de la facultad de la que se encuentra investida en términos de lo señalado en el Título Cuarto, Capitulo Primero de la Ley de Caminos y Puentes del Estado de Michoacán, y de manera especifica conforme a la disposición expresa contenida en la fracción III del artículo 40 de la Ley de Caminos y Puentes del Estado de Michoacán en vigor …; En atención al segundo punto de su solicitud… hago de su conocimiento que atendiendo al procedimiento para el otorgamiento de permisos establecido en los artículos 40, 41, 42, 43 y 44 de la Ley de Caminos y Puentes del Estado de Michoacán de Ocampo, no se contempla realizar convocatoria o emisión de fallo para el otorgamiento de los mismos. Por lo que refiere a " ... la valuación de los bienes públicos que está otorgando a particulares y el retorno que espera obtener con el permiso otorgado", así como al tercer punto de su solicitud …"; le comunico que por encontrase un proceso judicial en torno a dicha información, esta se encuentra clasificada como reservada, lo anterior tiene sustento jurídico en el artículo 113, fracción XI de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y el artículo 102, fracción XI, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, cito:"Como información reservada podrá clasificarse aquella cuya publicación:Vulnera la conducción de los procedimientos judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado." En razón de lo anterior el Comité de Transparencia de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, mediante la Cuarta Sesión Extraordinaria del año 2023, en su acuerdo Único, ordenó clasificar como Información Reservada toda la información del expediente que integra Acuerdo mediante el cual se emitió el permiso materia de su solicitud, reserva que operara hasta en tanto no se haya dictado una sentencia que haya causado ejecutoria. Sin perjuicio de lo anterior, hago de su conocimiento los datos generales, respecto al permiso que nos ocupa:... (se adjunta oficio SCOP/DPLC/OS/E0079/2024Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161283524000048

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta22/03/2024Fecha solicitud término22/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo