Michoacán - Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas - (MICH)

Solicitud del día 27/02/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónAtentamente solicito a quien corresponda, toda la información relacionada el contrato de obra pública número DCC/LPF/200107/2020, correspondiente a la elaboración del distribuidor vial Mil Cumbres en la ciudad de Morelia, Michoacán. En particular, el catálogo de conceptos, las unidades de medición, los precios unitarios y las cantidades previstas o programadas para la construcción de dicho distribuidor vial.Otros datosEl contrato se celebró el dieciocho de junio de dos mil veinte, entre el Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, representado por el arquitecto Jose Hugo Raya Pizano, en ese entonces secretario de Comunicaciones y Obras Públicas y el ingeniero Jaime García Lemus, entonces Director de Caminos y Carreteras, con la persona moral denominada ""INTEGRADORA LATINOAMERICANA DE INFRAESTRUCTURA CONSTRUCTIVA, SAPI DE CV, Y ASOCIADOS. Respuesta del día03/04/2024Texto de respuestaSCOP/DPLC/OS/E0085/2024. UNIDAD DE TRANSPARENCIA. ATENCIÓN SI 161283524000050. Morelia, Michoacán, a 03 de abril de 2024 ANTONIO MAZIER (SIC) Me refiero a su solicitud de información presentada con fecha 27 de febrero del año 2024, registrada por la Plataforma Nacional de Transparencia con folio 161283524000050, misma que se cita a continuación: “Atentamente solicito a quien corresponda, toda la información relacionada el contrato de obra pública número DCC/LPF/200107/2020, correspondiente a la elaboración del distribuidor vial Mil Cumbres en la ciudad de Morelia, Michoacán. En particular, el catálogo de conceptos, las unidades de medición, los precios unitarios y las cantidades previstas o programadas para la construcción de dicho distribuidor vial.” (sic) Por lo que atendiendo al sentido literal de la misma, y tomando en cuenta la información con la que esta Secretaría cuenta, a efecto de garantizar a Usted el derecho de acceso a la información y considerando el criterio al respecto emitido por el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública con registro: Segunda Época Criterio 03/17 y que a la letra dispone: “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información….” En ese sentido, habiendo realizado una búsqueda exhaustiva y razonable en todos y cada uno de los registros físicos y digitales que obran en la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas de la información solicitada, en términos de lo dispuesto en los artículos 131 de la Ley General de Transparencia, y Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales; 1°, 3°, 4°, 5°, 6°, 8°, 9º, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 75, 76 y 78 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, y a efecto de garantizar su derecho a ser informado, hago de su conocimiento que se localizó la información solicitada, sin embargo, dado el cumulo de documentos que integran el expediente de la obra por su parte requerido, y toda vez que rebasa la capacidad técnica de este sujeto obligado, se ponen a su disposición para consulta directa a realizar por su parte, dejando a salvo la información que por su propia naturaleza, en su caso haya de realizarse en versión pública, consulta que podrá realizar en la Dirección de Caminos y Carreteras de esta Secretaría, sita en Avenida Acueducto número 1514, colonia Chapultepec Norte, Morelia, Michoacán, en un horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles y acorde al plazo establecido en el artículo 78 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente en el Estado de Michoacán. Por otra parte, le comunico que, de requerir copia de la información, toda vez que la entrega de la misma excede el límite de 20 hojas tal y como se establece en el artículo 69 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, es necesario realizar el pago de las paginas restantes, ello conforme a lo previsto en la fracción XII, del artículo 35 de la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán de Ocampo para el Ejercicio Fiscal 2024, mismo que en su caso deberá de realizar en las oficinas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas y Administración, dentro de los 30 días siguientes a que se le expida la orden de pago correspondiente y una vez que se acredite el pago de las mismas, en los términos de lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley en cita se procederá al procesamiento de la información solicitada. Una vez que en su caso realice el pago de los derechos correspondientes al número de hojas que en su caso requiera, la información correspondiente se tendrá disponible en la Unidad de Transparencia de esta Secretaría conforme a lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161283524000050

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta03/04/2024Fecha solicitud término03/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo