Michoacán - Secretaría de Contraloría - (MICH)

Solicitud del día 31/01/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría de Contraloría - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSolicito se me de información de cuantos procesos administrativos se llevaron a cabo ante el Órgano Interno de Control en el año 2023: Cuantos procedimientos se llevaron en el 2023: y en que etapa terminaron. Solicito de igual forma el tipo de sanciones que se impusieron y el tipo de falta administrativa en que se incurrió por parte del servidor público y/o particular. Así también los servidores públicos involucrados en el procedimiento de responsabilidad administrativa.Respuesta del día23/02/2024Texto de respuestaLa Unidad de Apoyo a los Órganos Internos y la Dirección de Normatividad y Evaluación de la Gestión Pública de Control de esta Secretaría de Contraloría contestó lo siguiente: “…solicito se me de información de cuántos procesos administrativos se llevaron a cabo ante el Órgano Interno de Control en el año 2023: Cuántos procedimientos se llevaron en el 2023: Y en qué etapa terminaron Solicito de igual forma el tipo de sanciones que se impusieron y el tipo de falta administrativa en que se incurrió por parte del servidor público y/o particular. Así también, los servidores públicos involucrados en el procedimiento de responsabilidad administrativa…”. Derivado de la información proporcionada por los Órganos Internos de Control de esta Secretaría, derivada de las acciones a su cargo y en el ejercicio de sus atribuciones, en el transcurso del ejercicio dos mil veintitrés: a) Se atendió en trámite a 107 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS siendo necesario especificar que, atendiendo a factores diversos de carácter jurídico y procedimental, (artículos 208 y 209 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán de Ocampo), no necesariamente todos ellos se encuentran concluidos ni mucho menos han causado ejecutoria a esta fecha, y respecto a su terminación, se invoca lo dispuesto por la fracción V del artículo 202 y artículo 206 de la mencionada Ley de Responsabilidades “…Artículo 202. Las resoluciones serán: …V. Sentencias definitivas, que son las que resuelven el fondo del procedimiento de responsabilidad administrativa… Artículo 206. Las resoluciones se considerarán que han quedado firmes, cuando transcurridos los plazos previstos en esta Ley, no se haya interpuesto en su contra recurso alguno; o bien, desde su emisión, cuando no proceda contra ellas recurso o medio ordinario de defensa. “Se le hace saber al peticionario, que en caso de tener algún problema para descargar o visualizar la información enviada, puede hacerlo del conocimiento de la suscrita a través de los correos electrónicos stecnicasecoem@gmail.com y/o transparencia.secoem@gmail.com o al teléfono 4433108600 Ext 115 y 137 para subsanarlo de inmediatamente”.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161283624000020

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta01/03/2024Fecha solicitud término23/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo