Michoacán - Secretaría de Contraloría - (MICH)

Solicitud del día 01/07/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría de Contraloría - (MICH) del órgano Michoacán

Descripción APROVECHO ESTE MEDIO EN BASE A LOS ARTÍCULOS 6 Y 8 CONSTITUCIONAL EN FORMULAR LAS SIGUIENTES PREGUNTAS 1.- Número de personal adscrito a la delegación administrativa de la Secretaría de Seguridad Pública. 2.- Número de bases otorgadas por parte de la Delegada Administrativa de nombre María Luisa Ruiz Vargas al personal de la Delegación Administrativa. (desglosar por nombre, categoría y fecha del movimiento de personal). 3.- Número de plazas de escala terciaria otorgadas por parte de la Delegada Administrativa de nombre María Luisa Ruiz Vargas al personal de la Delegación Administrativa. (desglosar por nombre, categoría y fecha del movimiento de personal). 4.-Cuenta con personal eventual, contrato o interinato la delegación administrativa. 5.- Cuenta con base o plaza, si o no, los CC Cesar Villagomez Villalón, Felipe de Jesús Cortes Maciel y Angélica Ambriz Guillen. (En caso de ser afirmativa que tipo de plaza o base se otorgó y tiempo laborando en la Secretaría de Seguridad Pública) 6.- En caso de ser afirmativa la anterior quien firmo los movimientos de plaza o base y periodo de tiempo en que se realizó) 7.- Cuentan si o no con la compensación denominada Cumplimiento de Leyes los CC Cesar Villagómez Villalón, Felipe de Jesús Cortes Maciel y Angélica Ambriz Guillen (desglosar por cantidad y funciones para justificar su goce). 8.-El personal sindicalizado adscrito a la Delegación Administrativa cuenta con la compensación denominada Cumplimiento de Leyes, en caso de ser afirmativo cual es el fundamento legal para la asignación a estos. 9.- El C. José Antonio Ruiz Vargas se encuentra dado si o no dado de alta en la lista nominal de la Secretaría de Seguridad Pública. En caso afirmativo Por que no se encuentra reflejado en el portal de obligaciones. 10.- Cual es la categoría, funciones y lugar de adscripción del C. José Antonio Ruiz Vargas, (base, plaza, interinato). 11.- En caso de ser personal de base, quien firmo el movimiento de basificación (favor de anexar en versión pública el movimiento de personal) 12.- Qué relación existe entre José Antonio Ruiz Vargas y María Luisa Ruiz Vargas, y en caso de existir consanguinidad como se justificó el conflicto de intereses y el nepotismo. 13.- Quien nombra a los Delegados Administrativos y en el caso que nos ocupa quien nombro a María Luisa Ruiz Vargas. (Solicito nombramiento de está en versión pública). 14.- Cuenta con procesos administrativos, carpetas de investigación o en contraloría por delitos o temas de fraude, abuso de confianza u otro la C. María Luisa Ruiz Vargas. 15.- Después de la destitución del General Alfredo Ortega Reyes, y las varias notas donde la Delegada Administrativa esta en vuelta en actos de corrupción por pedir dinero a los mandos, mantendrá su lugar como Delegada Administrativa de la Secretaría de Seguridad Pública. anexo nota informativa https://www.facebook.com/share/v/nbZxauRvWGr5kDtk/?mibextid=jmPrMh 16.- Es protegida del Gobernador por su relación de años atrás. 17.- Cuenta con algún fuero especial para mantener su posición 18.- Da cumplimiento a su rendición de cuentas 3 de 3 CADA DEPENDENCIA RESPONDERÁ DE ACUERDO A SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES. GRACIAS.Respuesta del día05/08/2024Texto de respuestaLa Dirección de Normatividad y Evaluación de la Gestión Pública y Unidad de Apoyo a Órganos Internos de Control de esta Secretaría de Contraloría contestaron lo siguiente: Respecto de la pregunta: “… Aprovecho este medio en base a los artículos 6 y 8 Constitucional, en formular las siguientes preguntas: …14. Cuenta con procesos administrativos, carpetas de investigación o en contraloría por delitos o temas de fraude, abuso de confianza u otro la C. María Luisas Ruíz Vargas…”. El artículo 102 fracciones VI, IX, X, XI de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo establece: “…Artículo 102. Como información reservada podrá clasificarse aquella cuya publicación: …VI. Obstruya las actividades de verificación, inspección y auditoría relativas al cumplimiento de las leyes o afecte la recaudación de contribuciones …IX. Obstruya los procedimientos para fincar responsabilidad a los Servidores Públicos, en tanto no se haya dictado a (sic) resolución administrativa; X. Afecte los derechos del debido proceso; XI. Vulnere la conducción de los Expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio, en tanto no hayan causado estado…”. Complementariamente el artículo 23 fracción VI de la referida Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, establece: “…Artículo 23. Para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley, los sujetos obligados deberán cumplir con las siguientes obligaciones, según corresponda, de acuerdo a su naturaleza: …VI. Proteger y resguardar la información clasificada como reservada o confidencial…”. Adicional a lo anotado, se proporciona la liga donde puede ser consultado el padrón de servidores públicos sancionados, para los efectos a que haya lugar: http://rsps.gob.mx/ … 18.- Da cumplimiento a su rendición de cuentas 3 de 3 (María Luisa Ruiz Vargas) …”. R.- De acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, es su fracción VIII, una de las atribuciones de la Secretaría de Contraloría es registrar las declaraciones patrimoniales que deben presentar los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y practicar las investigaciones que fueren pertinentes. Por lo anterior, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo y en los artículos 35, fracción XII, 97 y 102, fracción V de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, me permito informar que las versiones públicas de las declaraciones patrimoniales y de intereses de la servidora pública antelativamente mencionada, pueden ser consultadas dando ctrl + clic en el siguiente link: http://201.116.244.218:5003/, y posteriormente ingresando su nombre completo. Para mayor ilustración se anexa captura. Así mismo, mediante el Acta de la Quinta Sesión Ordinaria del Comité de Transparencia de la Secretaría de Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo, de fecha 14 de septiembre del 2017, en su Orden del Día, numeral 3, se tomó y validó el acuerdo de la Versión Pública de la Declaración Patrimonial, mismo que puede ser consultado a través del siguiente link: http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl=375912. El Comité de Transparencia de la Secretaría de Contraloría, en su Octava Sesión Ordinaria de fecha 08 ocho de julio del año 2024 dos mil veinticuatro y con número SESIÓN ORD.S.C.ORD.08/07/2024-01, acordó lo siguiente: Con fundamento en las atribuciones conferidas a esta Secretaría de Contraloría en los artículos 17 fracción III y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, Se desprende que la información solicitada,Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161283624000074

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta12/08/2024Fecha solicitud término05/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo