Michoacán - SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y MOVILIDAD - (MICH)

Solicitud del día 27/05/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y MOVILIDAD - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSobre el particular, de no tener inconveniente legal, solicitó proporcione la información que a continuación se indica, con el desglose de los siguientes puntos, misma que deberá enviarse al correo electrónico institucional citado. 1. a) ¿La dependencia instaló el Comité de Ética? b) ¿Cuál es su organización? C) ¿Se encuentra en funciones? 2. ¿La Dependencia emitió el Código de Conducta armonizado al Código de Ética de la Personas Servidores Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, publicado en el Periódico Oficial del Estado 21-dic-2021? 3. En caso de ser afirmativa la respuesta anterior, proporcionar la liga para la consulta de su versión pública oficial. 4. Seleccione qué mecanismos de difusión se han implementado en la dependencia para fomentar y vigilar la aplicación del Código de Conducta, de acuerdo a los principios, valores y reglas de integridad deseables para el servidor público. Para lo cual, se deberá detallar en el cuadro la acción o actividad realizada del 21-dic-2021 a la fecha, anotando los siguientes datos: Acción/actividad-Cantidad-Fecha Foros Boletines Folletos Buzón de quejas Murales Videos Páginas web Correos electrónicos Fotografías Otros (especificar) 5. ¿Cuántas denuncias ha atendido el Comité de Ética de la dependencia por el incumplimiento al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, del periodo 21-dic-2021 a la fecha, y que sanción resultó procedente imponer? De conformidad en lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, solicito de la manera más atenta me facilite la información en el menor tiempo posible, que no podrá ser mayor de veinte días, contados a partir del día siguiente a su presentación. Respuesta del día13/06/2024Texto de respuestaUna vez substanciado el procedimiento administrativo interno al que están sujetas las solicitudes de información, conforme a lo establecido por los numerales 64 a 83 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, y en atención a su solicitud de información, una vez realizada una búsqueda minuciosa, exhaustiva y detallada en los archivos físicos y digitales de esta dependencia me permito informar lo siguiente: 1. a) ¿La dependencia instaló el Comité de Ética? Respuesta: Si b) ¿Cuál es su organización? Respuesta: Presidente, secretario ejecutivo y vocales C) ¿Se encuentra en funciones? Respuesta Si 2. ¿La Dependencia emitió el Código de Conducta armonizado al Código de Ética de la Personas Servidores Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, publicado en el Periódico Oficial del Estado 21-dic-2021? Respuesta: Si 3. En caso de ser afirmativa la respuesta anterior, proporcionar la liga para la consulta de su versión pública oficial. Respuesta: En el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo, publicado el 5 de febrero de 2024 en la 8° sección. http://congresomich.gob.mx/ptb-search/?f=periodico_oficial_&ptb-search=1&a_o-2024&mes-febrero&dia_=5 4. Seleccione qué mecanismos de difusión se han implementado en la dependencia para fomentar y vigilar la aplicación del Código de Conducta, de acuerdo a los principios, valores y reglas de integridad deseables para el servidor público. Para lo cual, se deberá detallar en el cuadro la acción o actividad realizada del 21-dic-2021 a la fecha, anotando los siguientes datos: Acción/actividad-Cantidad-Fecha Foros Boletines Folletos Buzón de quejas Murales Videos Páginas web Correos electrónicos Fotografías Otros (especificar). Respuesta: Se difunde a través de circulares y en el Mural de la Secretaria 5. ¿Cuántas denuncias ha atendido el Comité de Ética de la dependencia por el incumplimiento al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, del periodo 21-dic-2021 a la fecha, y que sanción resultó procedente imponer? De conformidad en lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, solicito de la manera más atenta me facilite la información en el mero tiempo posible, que no podrá ser mayor a 20 días, contando a partir del día siguiente a su presentación. Respuesta: Se ha atendido 1 una, Se envió a las estancias correspondientes según el Acuerdo del Comité en pleno. El caso está en proceso. Cualquier duda y/o aclaración favor de enviar un correo electrónico a: transparencia.sedum@michoacan.gob.mxArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161283924000064

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta24/06/2024Fecha solicitud término13/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo