Michoacán - Secretaría de Educación - (MICH)
Solicitud del día 26/06/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría de Educación - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónRespecto de la ESC. SEC.FED. MELCHOR OCAMPO, ubicada en TUNGAREO, MUNICIPIO DE MARAVATIO MICHOACÁN, con CLAVE: DESO156S 1. Quiero conocer las personas que estén contratatadas como intendentes o similar. 2. Quiero conocer cuánto se les paga a estas personas. 3. Quiero conocer las políticas de venta de alimentos dentro de la Secundaria. 4. Quiero conocer el permiso para la venta excesiva de dulces en la cooperativa de la escuela por parte de intendentes puestos por la directora NAYELY RANGEL. 5. Quiero conocer cómo funciona la cooperativa y quiénes están a cargo. 6. Quiero saber por qué desde hace mucho tiempo a nuestros hijos no se les da la cooperativa que desde hace mucho tiempo se entregaba por ser integrantes de la escuela. 7. Quiero saber por qué si la Constitución en su artículo 3 establece que la educación es gratuita, se pide a los padres de familia dinero de las cooperaciones. 8. Quiero conocer cómo se gastaron estas cooperaciones en 2023 y 2024 y quién estuvo a cargo de la administración. 9. Quiero conocer por qué la maestra Edith vende agua en la biblioteca escolar y el documento que respalde dicho actuar; ya que como servidores públicos deben apegarse al principio de legalidad, por lo que solamente pueden hacer lo que las normas expresamente les faculte.Otros datosEN LA ESC. SEC.FED. MELCHOR OCAMPO DE TUNGAREO, MUNICIPIO DE MARAVATIO MICHOACÁN. CLAVE: DESO156SRespuesta del día19/07/2024Texto de respuestaEstimado peticionario Por este conducto la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación del Estado de Michoacán, pone a su consideración en documento adjunto, el Oficio de Respuesta y el Acuerdo de Entrega, relativos a su petición. La respuesta a su petición con folio 161284124000155 fue la siguiente: “al respecto me permito informarle lo siguiente:1. La institución cuenta con 3 trabajadores con claves de auxiliar de intendencia, realizando la función. 2. la información relacionada a los sueldos la pude consultar en la siguiente liga: https://www.sep.gob.mx/es/sep1/Plazas_Docentes_Administrativas_y_Directivas_1t_2024_mich 3. * La Ley General de Educación en sus Artículos 75 Y 75 Bis Establece disposiciones de carácter general sobre la venta de alimentos, que puede consultar en la siguiente liga: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf Ley de Educación del Estado de Michoacán de Ocampo Establece en el Articulo 118 Lineamientos para la Distribución de Alimentos y Bebidas Preparados y Procesados Dentro de la Escuela: http://congresomich.gob.mx/file/NUEVA-LEY-DE-EDUCACION-29-MAYO- 2020.pdf DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de Salud Alimentaria en las escuelas. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lge/LGE ref01 20dic23.pdf 4. La Subdirección de Secundarias Generales no maneja información al respecto. 5. Le sugerimos revisar el Manual de Cooperativas Escolares: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/pdf/wo88302.pdfhttp://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/pdf/wo88302.pdf 6. Le sugerimos revisar si existen aportaciones de capital por parte de los alumnos en la misma institución educativa. 7. Se encuentra establecido en la constitución el carácter gratuito y obligatorio de la educación pública en educación básica. Las cooperaciones voluntarias son consensuadas y acordadas por las Asociaciones de Padres de Familia de manera independiente de la prestación del servicio educativo gratuito. 8. La sociedad de padres de familia en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia quienes de acuerdo a la reglamentación rinden informes relativos a la aplicación de las cuotas voluntarias. 9. La Subdirección de Secundarias Generales no maneja información al respecto”. Le informamos que se elige la opción de “Información disponible al público en diversos medios” por ser la más viable para proporcionarle la respuesta por medio de la plataforma. Al mismo tiempo se le informa de su derecho a interponer recurso de revisión en contra de esta resolución administrativa, dentro del plazo de 15 días hábiles y contados a partir de la fecha en que surta efecto la presente notificación. Lo anterior, según lo dispone el artículo 135 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo. Atentamente Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación Calle: Virgo #270. Planta baja. Frac. Cosmos Morelia, Mich. Tel. 443 2996519 apereze@michoacan.gob.mx utse@michoacan.gob.mx www.educacion.michoacan.gob.mxArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284124000155