Michoacán - Secretaría de Educación - (MICH)

Solicitud del día 20/09/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría de Educación - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónCon relación a la escuela Esc. Prim. Rur. Est. Emiliano Zapata 16DPR3445K, en el estado de Michoacán, Localidad de Tenerias, Maravatío. Supervisora: Artemisa Herrera Cornejo. Ex-directora: María del Carmen Aguilar Vázquez. Jefe de sector: José Luis López Vázquez Quiero que la solicitud se turne a todas las áreas competentes así como a las personas referidas y a la propia escuela. 10. Quiero el plan de trabajo, funciones que desempeña y el fundamento legal de las mismas de José Luis López Vázquez. 11. Quisiera saber si José Luis López Vázquez recibió la petición de las madres y padres de familia para el cambio de director y qué gestiones realizó al respecto, con el soporte documental correspondiente. 12. Quisiera conocer el fundamento jurídico y documento delegatorio o cualquier expresión documental que llevan a José Luis López Vázquez a referir que los padres de familia no tienen ninguna autoridad, ni voz ni voto para hacer un cambio dentro de la escuela, ni mucho menos la supervisora, hablando del cambio de dirección. Si son nuestros hijos, cómo no vamos a tener voz y voto sobre su educación????? Conoce la Constitución del Estado de Michoacán y la Federal? Los tratados internacionales al respecto? Lo que significa el interés superior del menor??? 13. Quisiera conocer a dónde podemos solicitar la entrega de documentación al nuevo director que hemos elegido como comunidad escolar, en conjunto con supervisión, al igual de los sellos y claves para el ingreso a las diversas plataformas. Así como qué documentos debemos presentar y a dónde. 14. Quiero saber dónde puedo presentar una queja, la Secretaría tiene Organo Interno de Control o alguna Contraloría, quisiera los datos necesarios para contactarlos porque no me puedo trasladar hasta Morelia, somos capesinos que no tenemos dinero para estar trasladándonos. Otros datosApoyenos, somos una comunidad rural y no sabemos cómo proteger a nuestros niños. Den una interpretación amplia sin restrinjir y entreguen cualquier expresión documental que dé atención a lo requerido.Respuesta del día25/10/2024Texto de respuestaEstimado peticionario Por este conducto la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación del Estado de Michoacán, pone a su consideración en documento adjunto, el Oficio de Respuesta y el Acuerdo de Entrega correspondientes, relativos a su petición. La respuesta a su petición con folio 161284124000204 fue la siguiente: “respecto a su interrogante 10. se informa que el jefe de sector José Luis López Vázquez cuenta con la orden de adscripción, toma de posesión, que emitió la Secretaría de Educación para su adscripción vía la dirección de educación primaria y con el visto bueno de la Subsecretaria de Educación Básica como jefe de sector 18 de Maravatío, así mismo cuenta con el nombramiento del UESICAMM como jefe de sector en el proceso legal oficial 2021- 2022. 11 y 12 El jefe de sector que en reunión de padres de familia le solicitaron les diera la facultad de nombrar al Director en lo sucesivo por la cual hago de su conocimiento que el C. Mtro. José Luis López Vázquez les informó que la Secretaria de Educación en el Estado y las normas que la rigen no permiten realizar tal procedimiento por lo que informamos que su contestación fue adecuada y apegada a los lineamientos legales que rigen a la Dependencia. Así mismo aclaramos que los padres de familia y tutores cuentan con responsabilidades, así como derechos dentro de su asociación por tener a sus hijos inscritos en la escuela, mas no así en las cuestiones de índole laboral. Y en referencia a la facultad que se menciona que la supervisora tampoco puede hacer nombramientos se aclara en primer momento que la zona escolar no cuenta con ninguna supervisora legalmente asignada y que la C. Artemisa Herrera Cornejo no tiene nombramiento de supervisora y la comisión que ostentó de forma temporal se venció el 15 de agosto del 2023 por lo que legalmente la zona escolar está a cargo de la jefatura de sector. Finalmente en referencia a los puntos 13 y 14 se le pide notificar a los solicitantes que con la información ya vertida en puntos mencionados anteriormente no procede el nombramiento o cambio de director como lo piden en el documento por no apegarse a las normas que establecen los diferentes acuerdos emanados de las leyes vigentes por las que se rige la educación pública por lo tanto los sellos, llaves, contraseñas y documentos en mención son responsabilidad de la Directora profesora María del Carmen Aguilar Vázquez y las instancias responsables de la Secretaria de Educación en el Estado. Le informamos que se elige la opción de “Información disponible al público en diversos medios” por ser la más viable para proporcionarle la respuesta por medio de la plataforma. Al mismo tiempo se le informa de su derecho a interponer recurso de revisión en contra de esta resolución administrativa, dentro del plazo de 15 días hábiles y contados a partir de la fecha en que surta efecto la presente notificación. Lo anterior, según lo dispone el artículo 135 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo. Atentamente Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación Calle: Virgo #270. Planta baja. Frac. Cosmos Morelia, Mich. Tel. 443 2996519 apereze@michoacan.gob.mx utse@michoacan.gob.mx www.educacion.michoacan.gob.mxArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284124000204

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta24/10/2024Fecha solicitud término25/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo