Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH)
Solicitud del día 14/05/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónSolicitud de Programas operativos anuales o matrices de indicadores de resultados De conformidad con el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente que se me proporcione la siguiente información: Los resultados de los Programas Operativos Anuales o en su caso las Matrices de Indicadores de Resultados sobre todas las acciones relacionadas con las tareas que desempeñó la Comisión Local de Búsqueda de personas en el año 2023 Esta solicitud tiene como objetivo recabar información para el desarrollo de un informe comparativo nacional sobre las Comisiones Locales de Búsqueda por parte de dos organizaciones especializadas en el tema. Dicho informe servirá para identificar aspectos que fortalezcan las políticas en la materia y contribuyan a mejorar la labor de las autoridades estatales en la búsqueda de personas desaparecidas. Agradecemos de antemano su atención y pronta respuesta a esta solicitud. Respuesta del día07/06/2024Texto de respuestaAnalizada la solicitud de información presentada y, cumpliendo con los principios de legalidad, máxima publicidad y exhaustividad, y de acuerdo a los registros públicos que posee esta Dependencia, de conformidad con las atribuciones que tiene asignadas en los artículos 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; y 16 y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, y toda vez que su solicitud versa sobre temas competencia a la Coordinación de Planeación para el Desarrollo del Estado de Michoacán, atenta y respetuosamente se recomienda canalizar su solicitud con quien, de acuerdo a sus facultades, atribuciones y competencias pudiera resultar el sujeto obligado, pues es este instituto, de conformidad con lo establecido en los artículos 1°, 2° y 4°, fracciones I, II, XVII del Decreto mediante el cual se reforma el decreto por el que se crea el Instituto de Planeación del Estado de Michoacán de Ocampo, hoy, Coordinación de Planeación para el Desarrollo del Estado de Michoacán de Ocampo. Por lo anterior y toda vez que como sujeto obligado tenemos limitadas nuestras funciones y atribuciones a las contempladas en los artículos 35 y 36 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, con la intención de que obtenga una respuesta completa que cumpla con los requisitos y las inquietudes vertidas en su escrito de solicitud, con fundamento en el artículo 126, fracción III de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, respetuosamente se le sugiere solicitar a la Coordinación de Planeación para el Desarrollo del Estado de Michoacán. Asimismo, ponemos a su disposición el teléfono (443) 3-22-99-33, ext. 281 y en el siguiente correo electrónico transparenciasfa@michoacan.gob.mx, para atender cualquier comentario al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284224000110