Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH)
Solicitud del día 31/05/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónSOLICITO SE ME INFORME SI YA FUERON PAGADAS LAS CUOTAS AL IMSS DEL PERIODO EN QUE LA SUSCRITA LABORÓ EN EL PODER EJECUTIVO DE MICHOACÁN, ADJUNTO ESCRITO EN EL QUE DOY TODOS LOS PORMENORES DEL PERIODO EN QUE LABORÉ PARA ESE GOBIERNO ASÍ COMO TODOS LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE HICE VALER EN SU MOMENTO Y QUE HASTA LA FECHA NO ME HAN NOTIFICADO QUE SE HAYAN PAGADO ESAS CUOTAS QUE COMO PATRÓN ESTÁN OBLIGADOS A REALIZAR, LO CUAL HA IMPEDIDO MI JUBILACIÓN A LA QUE POR LEY TENGO DERECHO. Otros datosRECURSOS HUMANOS DE LA SFA, SEGOB Y DESPACHO DEL GOBERNADORRespuesta del día26/06/2024Texto de respuestaAnalizada la solicitud de información presentada con base a los registros públicos que posee al respecto esta Dependencia, se le hace entrega en formato digital que contiene la respuesta emitida por la Dirección de Recursos Humanos, con el oficio DRH/DRL/4203/2024, a través de la cual el Mtro. Joaquín Aarón Poot Juárez y por la Dirección de Operación de Fondos y Valores, con el oficio SFA/SF/DOFV/0153/2024, a través de la cual el Mtro. Omar Murillo Núñez dan respuesta puntual a cada una de sus interrogantes, garantizando así su derecho de acceso a la información, en apego a lo que establece la Ley en la materia y los correlativos que resultan aplicables a la Secretaría de Finanzas y Administración. Es importante precisar que, como lo refiere la Dirección de Recursos Humanos en su escrito “Se tiene conocimiento de que la C. María Concepción Lugo Herrera, trabajó para la Secretaría de Gobierno (SEGOB), además que de las cuotas a pagar que menciona la solicitante en su escrito anexo a la solicitud de información presentada, derivan de un juicio; por lo tanto, el sujeto obligado y ejecutor es la Secretaría de Gobierno.”. Para refuerzo de lo anterior, se hace de su conocimiento que, en apego a lo establecido en el artículo 3°, fracción XXII de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, los sujetos obligados son quienes recibe, ejercen y devengan recursos públicos, así como quienes emiten actos de autoridad. En el caso particular, se realizó una búsqueda exhaustiva en los archivos físicos y electrónicos con los que se cuenta en las Unidades Responsables que, de acuerdo a sus atribuciones, podrían conocer del tema, no obstante, al detectar que el servidor público de referencia no laboró para la Secretaría de Finanzas y Administración, entonces no se configura el supuesto que enmarca la Ley, que Sujeto Obligado es quien recibe, ejerce y devenga recursos públicos, por ello, concluyentemente se presume, sin conceder, que es la Secretaría de Gobierno quien cuenta con la información relacionada con el caso. Sin que pase desapercibido para esta Unidad Administrativa que, conforme a los Lineamientos de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas, en los casos donde las solicitudes de acceso a la información se requieran datos sobre juicios en trámite, la información deberá clasificarse como reservada, ello a fin de evitar la afectación al debido proceso. Por otra parte ponemos a su disposición el teléfono (443) 3-22-99-33, ext. 281 y en el siguiente correo electrónico transparenciasfa@michoacan.gob.mx, para atender cualquier comentario al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284224000122