Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH)
Solicitud del día 18/07/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónEstimada autoridad estatal o municipal Presente Ensamble Urbano es una empresa dedicada al estudio de las políticas de transporte y movilidad urbana sustentable en el país. En ese sentido, nos encontramos realizando el análisis de dichas políticas en los últimos 10 años a nivel estatal y municipal, por lo que le solicito su amable colaboración para contar con la siguiente información: 1. Tarifa del servicio de transporte público para cada una de las modalidades del servicio existentes en el estado y desglosada por municipio, con el histórico de modificaciones en los últimos 10 años. Se anexa archivo con el formato para integrar la información solicitada. La información proporcionada será utilizada con fines estadísticos y para el estudio de la política nacional de la movilidad y transporte público que será publicado en sus momento, respetando la correspondiente referencia de la información proporcionada. Para cualquier duda, favor de comunicarse al Cel. 3123205860 o al correo blanca.ballesteros@ensambleurbano.mx. Sin otro particular, de antemano, agradezco su amable colaboración y tiempo.Respuesta del día23/07/2024Texto de respuestaAnalizada la solicitud de información presentada y, cumpliendo con los principios de legalidad, máxima publicidad y exhaustividad, y de acuerdo a los registros públicos que posee esta Dependencia, de conformidad con las atribuciones que tiene asignadas en los artículos 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; y 16 y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, y toda vez que su solicitud versa sobre temas competencia al Instituto del Transporte”, atenta y respetuosamente se recomienda canalizar su solicitud con quien, de acuerdo a sus facultades, atribuciones y competencias pudiera resultar el sujeto obligado, pues es este instituto, de conformidad con lo establecido en los artículos 1°, 2° y 4°, fracciones I, II, III, IV, VI, VII, X, XV, XVII y XXV del Decreto por el que se crea el Instituto del Transporte Público en Michoacán, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo el 29 de diciembre de 2023, corresponde a esta Instituto, entre otras funciones, la planeación en materia de transporte; dar seguimiento de los programas relativos en la materia; integrar, administrar y mantener actualizado el Registro Estatal del Transporte; determinar y autorizar la cromática, esquemas de operación, mecanismos electrónicos de identificación vehicular, especificaciones técnicas de las unidades; regular y vigilar la operación de los sistemas de transporte; regular que los medios de transporte surjan a partir de los avances tecnológicos o de otras maneras de innovación no contempladas en la ley; así como proponer normas y lineamientos en materia de transporte. Por lo anterior y toda vez que como sujeto obligado tenemos limitadas nuestras funciones y atribuciones a las contempladas en los artículos 35 y 36 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, con la intención de que obtenga una respuesta completa que cumpla con los requisitos y las inquietudes vertidas en su escrito de solicitud, con fundamento en el artículo 126, fracción III de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, respetuosamente se le sugiere solicitar la información al Instituto del Transporte. Asimismo, ponemos a su disposición el teléfono (443) 3-22-99-33, ext. 281 y en el siguiente correo electrónico transparenciasfa@michoacan.gob.mx, para atender cualquier comentario al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284224000162