Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH)
Solicitud del día 25/07/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónMe interesa saber la siguiente información del Comité Interinstitucional para la Atención del Desplazamiento Forzado del Estado de Michoacán de Ocampo: ¿Cuáles son sus atribuciones? ¿Qué presupuesto se les otorga y cada cuánto? ¿Cuáles han sido sus resultados en 2022 y 2023? Por otro lado en el ultimo informe del comité mencionan haber alcanzado un 36% en el avance de metas. ¿Cuáles son estas metas y qué actividades se realizaron para alcanzarlas? Respuesta del día30/07/2024Texto de respuestaAnalizada la solicitud de información presentada y, cumpliendo con los principios de legalidad, máxima publicidad y exhaustividad, y de acuerdo a los registros públicos que posee esta Dependencia, de conformidad con las atribuciones que tiene asignadas en los artículos 132 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y 16 y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, y toda vez que su solicitud versa sobre el desplazamiento forzado de personas, se infiere, que resulta competencia a la Secretaria del Migrante, pues la Secretaría de Finanzas y Administración, de acuerdo con sus atribuciones, no ejerce programas o realiza acciones particulares para la programación y seguimiento del Comité Interinstitucional para la atención del Desplazamiento Forzado del Estado de Michoacán. Sobre el particular, es importante hacer de su conocimiento que, de conformidad con el artículo 3 del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo para el Ejercicio Fiscal 2024, la Secretaría de Finanzas y Administración interviene en la suscripción de contratos y convenios en los que se involucren recursos públicos, no obstante, en apego a lo establecido en el artículo 5 del mismo ordenamiento, corresponderá a los ejecutores ser responsables de la integración, ejercicio y comprobación del gasto, sin que se pueda vincular a la Secretaría de Finanzas y Administración en los informes que se tengan que rendir sobre su ejercicio, como se establece en el precepto normativo invocado. Por lo anterior y toda vez que como sujeto obligado tenemos limitadas nuestras funciones y atribuciones a las contempladas en los artículos 35 y 36 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, con la intención de que obtenga una respuesta completa que cumpla con los requisitos y las inquietudes vertidas en su escrito de solicitud, con fundamento en el artículo 126, fracción III de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, respetuosamente se le sugiere solicitar la información a la Secretaria del Migrante. Asimismo, ponemos a su disposición el teléfono (443) 3-22-99-33, ext. 281 y en el siguiente correo electrónico transparenciasfa@michoacan.gob.mx, para atender cualquier comentario al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284224000169