Michoacán - Secretaría del Medio Ambiente
Solicitud del día 27/05/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría del Medio Ambiente del órgano Michoacán
DescripciónSobre el particular, de no tener inconveniente legal, solicitó proporcione la información que a continuación se indica, con el desglose de los siguientes puntos, misma que deberá enviarse al correo electrónico institucional citado. 1. a) ¿La dependencia instaló el Comité de Ética? b) ¿Cuál es su organización? C) ¿Se encuentra en funciones? 2. ¿La Dependencia emitió el Código de Conducta armonizado al Código de Ética de la Personas Servidores Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, publicado en el Periódico Oficial del Estado 21-dic-2021? 3. En caso de ser afirmativa la respuesta anterior, proporcionar la liga para la consulta de su versión pública oficial. 4. Seleccione qué mecanismos de difusión se han implementado en la dependencia para fomentar y vigilar la aplicación del Código de Conducta, de acuerdo a los principios, valores y reglas de integridad deseables para el servidor público. Para lo cual, se deberá detallar en el cuadro la acción o actividad realizada del 21-dic-2021 a la fecha, anotando los siguientes datos: Acción/actividad-Cantidad-Fecha Foros Boletines Folletos Buzón de quejas Murales Videos Páginas web Correos electrónicos Fotografías Otros (especificar) 5. ¿Cuántas denuncias ha atendido el Comité de Ética de la dependencia por el incumplimiento al Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán, del periodo 21-dic-2021 a la fecha, y que sanción resultó procedente imponer? De conformidad en lo dispuesto por el artículo 75 de la Ley de Transparencia, Acceso a la información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, solicito de la manera más atenta me facilite la información en el menor tiempo posible, que no podrá ser mayor de veinte días, contados a partir del día siguiente a su presentación. Respuesta del día24/06/2024Texto de respuestaEsta Secretaría realizó el procedimiento administrativo correspondiente, por lo que se emite la siguiente respuesta: 1. A) Sí, esta dependencia instaló su Comité de Ética. B) La organización del Comité es la establecida es el Capítulo III los Lineamientos Generales que Establecen las Bases para la Integración, Organización y Funcionamiento de los Comités de Ética y Conducta de las Dependencias, Coordinaciones y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo. C) Actualmente el Comité de Ética de esta Secretaría se encuentra en funciones. 2. Sí, esta dependencia emitió su Código de Conducta, de conformidad con el Acuerdo por el que se Emite el Código de Ética y Conducta de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo, mismo que se adjunta en el siguiente enlace para su consulta. https://periodicooficial.michoacan.gob.mx/download/2020/abril/8/6a-8520.pdf 3. https://periodicooficial.michoacan.gob.mx/download/2024/enero/22/6a-7324cl_2.pdf 4. Se hace de su conocimiento que no es posible clasificar la información mediante el cuadro proporcionado, ya que no encuadra en ninguno de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, mismo que a la letra dice: “Artículo 4. El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información. Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a cualquier persona en los términos y condiciones que se establezcan en la presente Ley, en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, la Ley Federal y la normatividad aplicable en sus respectivas competencias; sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos dispuestos por esta Ley.” Sin embargo y con la finalidad de atender su derecho a la información, se hace de su conocimiento que esta Dependencia se encuentra trabajando en la correcta difusión y aplicación de su Código de Conducta, siguiendo los procedimientos establecidos en el Acuerdo por el que se Emite el Código de Ética y Conducta de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo. 5. Se hace de su conocimiento que a la fecha que se reporta, no se han presentado denuncias ante el Comité de Ética de esta Dependencia Cualquier duda y/o aclaración respecto a la presente respuesta, favor de enviar correo electrónico a transparencia.secma@michoacan.gob.mxArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284524000047