Michoacán - Secretaría del Medio Ambiente
Solicitud del día 02/10/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría del Medio Ambiente del órgano Michoacán
DescripciónSolicito la información relativa a la cantidad de integrantes permanentes provenientes de la participación ciudadana, así como las normas y procedimientos de selección de esos integrantes ciudadanos en su respectiva secretaria/consejo de sustentabilidad y/o medio ambiente. en espera de su respuesta, gracias. Respuesta del día04/11/2024Texto de respuestaEsta Secretaría realizó el procedimiento administrativo correspondiente, por lo que se emite la siguiente respuesta: Se hace de su conocimiento que los mecanismos de participación ciudadana con los que cuenta este Sujeto Obligado, son el Consejo Estatal de Ecología y el Consejo Consultivo de Cambio Climático. Dicho lo anterior, y en atención a la información solicitada respecto a la cantidad de integrantes permanentes, así como las normas y procedimientos de selección de esos integrantes ciudadanos, me permito comentarle que la información referente al Consejo Estatal de Ecología se encuentra establecido en el Capítulo IV de la Ley para la Conservación y Sustentabilidad Ambiental del Estado de Michoacán de Ocampo, y la referente al Consejo Consultivo de Cambio Climático se encuentra establecido en el Capítulo Sexto de la Ley de Cambio Climático del Estado de Michoacán de Ocampo. Para una mayor referencia, se adjuntan los siguientes enlaces con las leyes anteriormente mencionadas. https://celem.michoacan.gob.mx/destino/2014/O8421fue.pdf https://celem.michoacan.gob.mx/destino/2021/4-16997_1697219314_2023JULIO05%20DEC%20390%20LEY%20CONSERVACION%20AMBIENTAL.pdf Cualquier duda y/o aclaración respecto a la presente respuesta, favor de enviar correo electrónico a transparencia.secma@michoacan.gob.mx Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284524000118