Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH)
Solicitud del día 25/03/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónCopia en versión electrónica del documento en la que se mencionen las medidas que deben tomar esa dependencia para el registro y seguimiento de los elementos que sean separados del servicio por no obtener el certificado único policial Respuesta del día29/04/2024Texto de respuestaDe conformidad con las atribuciones conferidas a este Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, hago de su conocimiento que no existe algún documento en el que se mencionen atribuciones a esta instancia refiriéndose a los elementos que sean separados del servicio por no obtener el Certificado Único Policial (CUP). No omito señalar que de conformidad con lo estipulado en los Artículos 41 Fracción V y 88 Inciso B Fracción II de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública los integrantes de las Instituciones Policiales tienen la obligación de obtener y mantener actualizado su Certificado Único Policial. Finalmente, el Artículo 4 de los Lineamientos para la Emisión del CUP establecen que las Instituciones de Seguridad Pública serán responsables de que los policías y oficiales de guarda y custodia del sistema penitenciario obtengan y actualicen el CUP respectivo; de igual manera, el integrante de las Instituciones de Seguridad Pública deberá mantener actualizado su CUP, por lo que, podrá solicitar dicha actualización a la institución a la que se encuentre adscrito.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284924000017