Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH)
Solicitud del día 11/06/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónPor este medio solicito la información de vehiculos de su estado , de todo tipo incluyendo motocicletas que han sido registrados ante la secretaría del periodo de marzo, abril y mayo del año en curso, que en la información se agreguen en los siguientes campos: Marca de vehiculo/motocicleta Modelo de vehiculo/motocicleta, cilindrada vehiculo/ motocicleta, Año de fabricacion ,Tipo de vehiculo/motocicleta , Número de puertas, País de origen ,Versión de vehiculo/motocicleta, Número de cilindros ,Número de ejes, Planta de ensamble ,Datos complementarios, fecha de registro (,fecha y horas de registros) Institución que lo inscribió ante la secretaría (por ejemplo TOYOTA) Atención Adriana FloresRespuesta del día14/06/2024Texto de respuestaQue de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se presume que la información debe existir si se refiere a las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorguen a los sujetos obligados; en ese tenor, resulta necesario señalar que dentro de las facultades y competencias de este Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, en cuanto órgano operativo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, no se contempla la generación e la información solicitada, consecuentemente este sujeto obligado resulta incompetente para atender lo solicitado. Lo anterior, se puede corroborar en las atribuciones que establecen la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, en su artículo 28 a este Sujeto obligado .Por lo antes expuesto, este Secretariado Ejecutivo se encuentra imposibilitado para atender la solicitud, como ha sido señalado en párrafos precedentes, y dada la naturaleza de la información requerida, con fundamento en los artículos 20 y 79 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, por lo que se sugiere al solicitante redireccionar su solicitud de información a la Secretaría de Finanzas y Administración, para que en el ámbito de su respectiva competencia, pueda brindar la atención que proceda a la petición de información solicitada.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284924000031