Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH)
Solicitud del día 12/07/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónEstimados/as C.P. Marco Antonio Bravo Pantoja Dr. Alejandro Carrillo Ochoa Mtra. Azucena Marín Correa Dr. Jorge Reséndiz García Mtro. Abraham Montes Magaña Mtro. Hugo Alberto Gama Coria Lic. Geovanni Daniel Cervantes L.C. Moisés Salas Ballesteros L.A. Oscar Chávez Arriaga Dra. Miryam Georgina Alcalá Casillas Me permito dirigirme a ustedes en su calidad de integrantes del Sistema Estatal Anticorrupción de Michoacán, para solicitar información relacionada con las convocatorias para el puesto de Director de la Secretaria Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción de Michoacán. Mi consulta se centra en dos áreas específicas: 1. Director de Normatividad: Me gustaría conocer los detalles de la convocatoria para este puesto, después de la renuncia del anterior director de normatividad anterior, incluyendo las fechas de publicación, los requisitos establecidos y el proceso de selección. 2. Director de Servicios Tecnológicos y Plataforma Digital: Me llama la atención que no haya salido una convocatoria específica para este cargo después de la renuncia del director anterior. ¿Podría proporcionarme información sobre las razones detrás de esta decisión y si se tiene previsto abrir una convocatoria en el futuro? Asimismo, me gustaría saber si se han investigado o reportado posibles hechos de corrupción en relación con esta designación. Agradezco de antemano su atención y quedo a disposición para cualquier aclaración adicional. Espero su pronta respuesta. Atentamente, Alfredo Onofre Vázquez Otros datosIntegrantes del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Michoacán. Respuesta del día17/07/2024Texto de respuestaQue de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se presume que la información debe existir si se refiere a las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorguen a los sujetos obligados; en ese tenor, resulta necesario señalar que este Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, es el órgano operativo del Sistema Estatal de Seguridad Pública y goza de autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con el artículo 25 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, por lo anterior, este sujeto obligado se encuentra impedido para conocer de la solicitud que nos ocupa, ya que por la naturaleza de sus atribuciones, es ajeno a este, la información referida en su solicitud. Lo anterior, se puede corroborar en las atribuciones que establecen la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, en su artículo 28 a este Sujeto obligado.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284924000037