Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH)

Solicitud del día 04/08/2024 a la dependencia Michoacán - SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónEn apego a la ley de Transparencia, solicito versión pública de los reportes y/o informes y/o bitácoras y/o informes de cualquier índole emitidos por integrantes de esta institución durante la detección, reporte, hallazgo y/o denuncia de ataques de cualquier tipo con el uso de drones, en el periodo del 1 de enero de 2018 a la fechaRespuesta del día06/08/2024Texto de respuestaQue de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se presume que la información debe existir si se refiere a las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorguen a los sujetos obligados; en ese tenor, resulta necesario señalar que este Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, es el órgano operativo del Sistema Estatal de Seguridad Pública y goza de autonomía técnica, de gestión y presupuestal, de conformidad con el artículo 25 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, por lo anterior, este sujeto obligado resulta incompetente para conocer la solicitud de información que nos ocupa, ya que por la naturaleza de sus atribuciones, es ajeno a este, la información referida en su solicitud. Lo anterior, se puede corroborar en las atribuciones que establecen la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, en su artículo 28 a este Sujeto obligado. Por lo antes expuesto, este Secretariado Ejecutivo se encuentra imposibilitado para atender la solicitud, como ha sido señalado en párrafos precedentes, y dada la naturaleza de la información requerida, con fundamento en los artículos 20 y 79 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se sugiere redireccionar la solicitud de información a la Fiscalía General del Estado de Michoacán y a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Michoacán, que de conformidad con los artículos 6 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, 24 fracciones III y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, 7 fracciones II, III y IV de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo y 21 fracciones V, IX y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública. Para que, en el ámbito de su respectiva competencia, pueda brindar la atención que proceda a la petición de información solicitada.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161284924000039

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta02/09/2024Fecha solicitud término06/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo