Michoacán - Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Michoacán - (MICH)

Solicitud del día 08/05/2024 a la dependencia Michoacán - Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán

DescripciónSeñale y proporcione el contenido de guías, protocolos y herramientas educativas para identificar, derivar y denunciar casos de trabajo infantil, trabajo forzado y trata de personas Indique si cuenta con mecanismos que previenen, protegen y pueden coadyuvar en la restitución de derechos de las niñas, niños y adolescentes y a sus familias en situación de trabajo infantil, trabajo forzoso y trata de personas y señale el área (subsecretaría, dirección general, dirección y departamento) que opere dichos mecanismos. Entregar la información en archivo editable.Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaEn seguimiento a su solicitud de información con número de folio 161812624000013 en la que solicita se le informe respecto a la existencia de guías, protocolos y/o herramientas educativas, las cuales ayuden a identificar, derivar y denunciar casos de trabajo forzado y/o trata de personas ejercidos hacia el sector infantil, así como indicar si se cuenta con mecanismos que prevengan, protejan y puedan coadyuvar a la restitución de derechos de las niñas, niños y adolescentes y a sus familias en situación de trabajo infantil, trabajo forzoso y trata de personas. Le informo que de conformidad y en cumplimiento a la Ley General de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, a la par de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán de Ocampo en su artículo 86 fracción I, señala que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán será la responsable en coordinar las acciones entre la dependencias y las entidades competentes de la administración pública estatal para atender las problemáticas suscitadas en relación al sector infantil y adolescente, lo cual permitirá a las anteriormente citadas dentro del ámbito de sus respectivas competencias atender dichas situaciones de acuerdo a lo que dicta el principio de corresponsabilidad; a fin de salvaguardar el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en un entorno libre de cualquier tipo de violencia, que perjudique su desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material y social, asimismo en un contexto libre de maltrato o violencia, de venta, trata de personas, explotación entre otros a fin de favorecer su bienestar y desarrollo integral en cumplimiento a los artículos 31, 31 Bis y 32 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Michoacán de Ocampo. Esta Secretaría Ejecutiva de acuerdo a lo estipulado por el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes conceptualiza al trabajo infantil como una de las formas de violencia más cruel que puede sufrir un ser humano pues no solo atenta contra la seguridad y la dignidad de la niñez y adolescencia en desarrollo, sino que las priva de lo más valioso que tienen, que es precisamente su pleno desarrollo integral, por lo que representa uno de los grupos más vulnerables de la sociedad, en este sentido, el marco normativo para atender casos de vulneración de derechos (entre ellos, el trabajo infantil, trata de personas), es amplio, por lo cual me permito enlistar cada uno de ellos: Marco Jurídico Internacional • La Declaración Universal de Derechos Humanos • Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas • Convención sobre la Protección de Menores y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional • Convención Americana de Derechos Humanos y/o pacto de San José de Costa Rica • Convención de los Derechos del Niño • Convenio Internacional del Trabajo No. 29 relativo al Trabajo Forzoso u Obligatorio • Convenio OIT 182 sobre la Prohibición de las Peores formas del Trabajo Infantil • Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador” • Protocolo facultativo de la convención sobre los derechos del niño, relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía • Protocolo para prevenir reprimir y sancionar la trata de personas especialmente mujeres y niños Marco Jurídico Nacional • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (leer Arts. 1 y 4) • Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA – reforma 11 enero 2021) • Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil • Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y Para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos DelArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-161812624000013

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible al público en diversos mediosTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/06/2024Fecha solicitud término06/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo