Michoacán - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán - (MICH)
Solicitud del día 07/08/2024 a la dependencia Michoacán - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán - (MICH) del órgano Michoacán
Descripción¿Cuántos trabajadores menores de edad solicitaron la intervención del centro a efecto de conciliar diferencias laborales, en el estado de Michoacán durante el año 2023? ¿Cuántos de estos procedimientos concluyeron en convenio y cuántos sin conciliación?Respuesta del día12/08/2024Texto de respuestaJosé P r e s e n t e.- Con fundamento legal en los artículos 1º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º, 9º, 64, 65, 66, 67, y 68 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo y en atención a la solicitud de información pública la cual fue presentada en la Plataforma de Transparencia el día 07 siete de agosto del presente año con número de folio:162922624000015, por tanto, este Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán de Ocampo, se declara competente para recibir y responder la presente solicitud de acceso a la información pública. En este sentido, en aras de garantizar el derecho humano de acceso a la información del peticionario, se requirió la información materia de la solicitud de la Unidad de Asuntos Jurídicos, Conflictos, Acuerdos e Igualdad del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán de Ocampo, por lo que derivado de una búsqueda detallada, minuciosa y exhaustiva de la información se da respuesta de forma clara y precisa a los puntos solicitados, tal como se advierte a continuación: Solicitud: “… ¿Cuántos trabajadores menores de edad solicitaron la intervención del centro a efecto de conciliar diferencias laborales, en el estado de Michoacán durante el año 2023? ¿Cuántos de estos procedimientos concluyeron en convenio y cuántos sin conciliación?” (sic) Respuesta: Se adjunta la respuesta con número de oficio CCLM/UJ/237/2024 de la Unidad de Asuntos Jurídicos, Conflictos, Acuerdos e Igualdad del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Michoacán de Ocampo. Por lo antes expuesto, damos cabal respuesta a la solicitud de acceso a la información requerida por el solicitante, garantizando de esta forma su derecho de petición e información, cumpliendo así con las obligaciones de Transparencia contempladas en los artículos 4, 5, y 35 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán. Sin más por el momento me despido enviándole un cordial saludo, y pongo a su disposición el correo electrónico transparencia.ccl@michoacan.gob.mx en caso de tener alguna duda.Archivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-162922624000015