Morelos - Secretaría de Movilidad y Transporte - (MOR)
Solicitud del día 28/05/2024 a la dependencia Morelos - Secretaría de Movilidad y Transporte - (MOR) del órgano Morelos
DescripciónPor medio de la presente solicito la siguiente información: Base datos de trámites de licencia para conducir vehículos en el estado de 2014 a la fecha, desagregado por: tipo de licencia, sexo y edad de la persona solicitante. Base datos de trámites de alta de vehiculos (trámite de placas, o como se le denomine en el estado al trámite para restgistrar a nombre de una persona en un vehículo nuevo o usasdo ) en el estado de 2014 a la fecha, desagregado por: sexo y edad de la persona solicitante. Respuesta del día12/06/2024Texto de respuestaDerivado de lo anterior, hago de su conocimiento que esta unidad de transparencia, realizó las gestiones correspondientes a la Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular a través del oficio SMyT/UT/116/V/2024. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 12 fracción IV y 16 de La Ley de Transporte del Estado de Morelos; 1,4 fracción III, 6 fracción I y 10 del Reglamento Interior de la Secretaría de Movilidad y Transporte; en seguimiento de su petición la Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular, remitió el oficio SMyT/DGTPPYP/0290/VI/2024 el cual se adjunta en copia simple. Es importante hacer del conocimiento del solicitante que ambos puntos de su petición Solicita el acceso a datos personales de los contribuyentes que acuden al Sujeto Obligado a realizar alguno de los siguientes trámites: Expedición, Renovación o Reposición de las Licencias de Conducir, así como la Expedición de Permiso para Conducir (para menor de edad) y/o el Registro de Vehículos en el Padrón Vehicular Estatal del Transporte Particular del Estado de Morelos: Con expedición de placas metálicas, tarjeta de circulación, engomado y holograma. El artículo 3 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Morelos en su fracción IX señala como: Datos personales, a cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable. Se considera que una persona es identificable cuando su identidad pueda determinarse directa o indirectamente a través de cualquier información; En cumplimiento a lo establecido por la normativa aplicable en materia de protección de datos personales; me permito informarle que: el sexo y la edad que usted solicita conocer en su petición son datos personales catalogados de identificación de las personas físicas que han acudido a esta Secretaría a realizar alguno de los trámites menciónanos anteriormente y que según el criterio de interpretación emitido por el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, que a letra dice: Clave de control: SO/001/2018 Materia: Protección de Datos Personales Entrega de datos personales a través de medios electrónicos. La entrega de datos personales a través del portal de la Plataforma Nacional de Transparencia, correo electrónico o cualquier otro medio similar resulta improcedente, sin que los sujetos obligados hayan corroborado previamente la identidad del titular. Sin embargo al no solicitar mayores datos personales que identifiquen a las personas físicas y se vulnere su derecho a la protección de sus datos personales. Este sujeto obligado en aras de garantizar su derecho de acceso a la información de buena fe entregará sin restricción la información peticionada en formato pdf. Confiando en el buen uso de la información por parte del solicitante. Es importante hacer de su conocimiento que una vez procesada la información en el formato Excel, esta sobrepasa los megabyte (Unidad estándar de la informática y la tecnología digital que indica el tamaño de un archivo o la capacidad de una memoria de datos) permitidos 20 MG por la plataforma nacional de transparencia, sin embargo la respuesta emitida a su petición da un total de 32, 244 KB (unidad estándar que comprende el tamaño de un archivo) una vez comprimida. Por lo que en términos del artículo 104 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos que a letra dice: “El acceso se dará en la modalidad de entrega y, en su caso, de envío elegidos por el solicitante. Cuando la información no pueda entregarse o enviarse en la modalidad elegida, el sujeto obligado deberá ofrecer otra u otras modalidades de entrega. En cualquier caso, se deberá fundar y motivar la necesidad de ofrecer otras modalidades”. Criterio de Interpretación para sujetos obligados Reiterado Vigente Clave de control: SO/008/2017Archivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-170356924000053