Morelos - Secretaría de Movilidad y Transporte - (MOR)

Solicitud del día 20/06/2024 a la dependencia Morelos - Secretaría de Movilidad y Transporte - (MOR) del órgano Morelos

DescripciónSolicito por este medio me puedan mandar información del parque vehicular con los datos VIN PLACAS MUNICIPIO Y COLONIA Gracias quedo al pendiente de su respuesta Otros datosPARQUE VEHICULARRespuesta del día27/06/2024Texto de respuestaEUGENIA DEL CARMEN DE LA PENA SANDOVAL SOLICITANTE P R E S E N T E Por medio del presente en atención a su solicitud de información con número de folio: 170356924000068 presentada mediante Plataforma Nacional de Transparencia, la cual consiste en: “Solicito por este medio me puedan mandar información del parque vehicular con los datos VIN PLACAS MUNICIPIO Y COLONIA Gracias quedo al pendiente de su respuesta.” Cabe señalar que en relación a la información anteriormente descrita, su petición no es clara ni precisa, dado que no se cuenta con la certeza del tipo de información que desea conocer. Cuando usted cita la palabra parque vehicular causa confusión, por lo que le solicito sea tan amable de expresar a cuál de las siguientes clasificaciones de Servicio de Transporte, se refiere: Artículo 2 de la Ley de Transporte del Estado de Morelos fracción XXII. Servicio de Transporte Público, al que se lleva a cabo de manera continua, permanente, uniforme y regular en las vías públicas de comunicación terrestre del Estado y sus Municipios, para satisfacer la demanda de los usuarios, mediante la utilización de vehículos adecuados para cada tipo de servicio y en el que los usuarios como contraprestación realizan el pago de una tarifa previamente autorizada; Artículo 2 de la Ley de Transporte del Estado de Morelos fracción XXI. Servicio de Transporte Privado, al que sin tener las características propias del servicio público, realizan las personas físicas o morales para satisfacer una necesidad específica de determinado sector de la población, relacionadas directamente con el cumplimiento de su objeto social o con la realización de actividades comerciales; Artículo 37 de la Ley de Transporte del Estado de Morelos. Los vehículos de uso particular, son aquellos destinados a satisfacer las necesidades particulares específicas de transporte de sus propietarios o poseedores legales, ya sean estos personas físicas o morales, en tanto no impliquen un fin lucrativo o de carácter comercial; su circulación será libre por todas las vías públicas del Estado, sin más limitaciones que el cumplimiento, por parte de sus propietarios y de sus operadores, de todas las normas establecidas por esta Ley y su Reglamento, así como de cualquier otra disposición que en relación a la regulación del tránsito en la Entidad pueda serle aplicable. Cuando se transporte carga que exceda tres y media toneladas, no se considerará como servicio particular. A su vez señalar el periodo de la información que desea conocer. En virtud de lo anterior y a efecto de que esta Secretaría de Movilidad y Transporte, cuente con mayores elementos que permitan atender debidamente su petición y garantizar su Derecho Humano al Acceso a la Información Pública en termino del artículo 100 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información del Estado de Morelos, se le REQUIERE para efecto de que complete, corrija, así como precise que información correspondiente a la Secretaría de Movilidad y Transporte desea conocer. En este sentido, se le informa que cuenta con 10 días hábiles contados a partir del día siguiente en el que el mismo le sea notificado para solventar el presente requerimiento, así mismo, se le hace saber que la vía para que presente su respuesta será la Plataforma Nacional de Transparencia, misma que utilizo para presentar su petición, precisándole que en caso de que no atienda este requerimiento, aquella se tendrá por no presentada. Sin más por el momento, quedo de usted para cualquier aclaración o duda puntualizando que esta Secretaría de Movilidad y Transporte cuenta con la disposición para brindar respuesta a su solicitud, toda vez que, tiene como compromiso fundamental garantizar el derecho de acceso a la información pública de todas las personas.Archivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-170356924000068

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaPrevenciónTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta04/07/2024Fecha solicitud término27/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMorelosSector de la dependenciaPoder Ejecutivo