Morelos - Servicios de Salud de Morelos - (MOR)
Solicitud del día 12/09/2024 a la dependencia Morelos - Servicios de Salud de Morelos - (MOR) del órgano Morelos
DescripciónLa suscrita Lic. Cynthia Guadalupe Terán Robles visitadora de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, me permito a Usted haciéndole llegar un cordial saludo; al mismo tiempo y con relación a una llamada telefónica recibida el día en que se actúa, a través de la cual la C. Belem Borja "N" solicito la intervención de esta Comisión refiriendo que su tío Ignacio Ávila Rebollar quien se encuentra internado en el área de terapia intensiva, en le Hospital General "Dr. Ernesto Meana San Román" de Jojutla, Morelos (MEANA) por fractura de cráneo no obstante, se le informo que se requiere ser trasladado al Hospital General de Cuernavaca para que reciba la atención especializada respectiva. Por lo anterior, en seguimiento a las gestiones telefónicas realizadas con el personal del área jurídica de los Servicios de Salud a su cargo, se le solicita implementar medidas precautorias necesarias para garantizar el derecho a la salud del C. Ignacio Ávila Rebollar, debiendo realizar su traslado al Hospital en el que reciba la atención medica especializada que requiere, así mismo se le brinde el tratamiento y medicación respectiva, hasta lograr en su caso completa recuperación. Quedando este Organismo en espera del informe que deberá rendir forma inmediata, el cual podrá hacer llegar a través del correo electrónico visitaduria.sur@cdhmorelos.org.mx Apercibido de de que, en su caso de omisión este organismo responsabilizara a esa institución ante las instancias competentes por cualquier situación que agrave la condición de salud del paciente o que imposible o haga difícil la reparación de sus derechos humanos, así como por interrumpir la comunicación con sus familiares y con el personal de esta CDHM para lograr su traslado urgente. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el articulo 1º, 4º y 102 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), 3,4, 8 FRACCION XII 44 de la Ley de la CDHM, 4º fracción V, 26º y 71º de su Reglamento Interno.Respuesta del día12/09/2024Texto de respuestaPor el presente, se previene la solicitud de información con la finalidad de que aclare, corrija o amplíe la misma, y poder dar trámite dentro del sujeto obligado la misma, de conformidad con el artículo 100 primer párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos.Archivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-170357124000398