Morelos - Ayuntamiento de Cuernavaca - (MOR)
Solicitud del día 25/04/2024 a la dependencia Morelos - Ayuntamiento de Cuernavaca - (MOR) del órgano Morelos
Descripción"En el Memorandum SA/DGPM/DVN/382/2024, el Director de Verificación Normativa señala que el colapso de la barda de Río Mayo y Juan Pablo II fue de "forma natural" Requerimos: 1) EL respaldo y evidencia que comprueben su argumento para señalar que el colapso fude forma natural 2) Sustento jurídico para considerar que la caída fue de forma natural" Respuesta del día10/05/2024Texto de respuestaCÉDULA DE NOTIFICACIÓN Por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 26, 27, 37, 51, 95, 96, 97, 98, 99, 103 y 104, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos; Me permito Informar lo siguiente: Con relación a su solicitud de información pública relativa a: “…"En el Memorandum SA/DGPM/DVN/382/2024, el Director de Verificación Normativa señala que el colapso de la barda de Río Mayo y Juan Pablo II fue de "forma natural" Requerimos: 1) EL respaldo y evidencia que comprueben su argumento para señalar que el colapso fude forma natural 2) Sustento jurídico para considerar que la caída fue de forma natural"...” 1.- Le informo que mediante memorándum número SA/EASA/193/2024, firmado por el C. Carlos de la Rosa Segura, Secretario del Ayuntamiento, con el que hace llegar el memorándum número SA/DGPM/DVN/436/2024, firmado por el Director de Verificación Normativa, con el que da respuesta a su solicitud de la siguiente manera “...En relación al punto específico de informar el respaldo y evidencia del argumento de que el colapso fue de forma natural así como su sustento jurídico; me permito informarle que esta Dirección a mi cargo no cuenta con esa información esto debido a que en base al informe que se rindió por parte del área de supervisión, al momento de los hechos, no se encontró ningún indicio de que se estuviera llevando a cabo trabajos de demolición por medios manuales o mecánicos tal como se establece en el artículo 56 del reglamento de construcción vigente en el municipio…” Con lo anterior damos por contestada la solicitud de información pública. Lic. Víctor Gerardo Navarrete Sánchez Director de la Unidad de TransparenciaArchivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-170358524000223