Morelos - Ayuntamiento de Tepoztlán - (MOR)

Solicitud del día 25/08/2024 a la dependencia Morelos - Ayuntamiento de Tepoztlán - (MOR) del órgano Morelos

DescripciónL. Publicar, cuando menos cada tres meses, una gaceta municipal, como órgano oficial para la publicación de los acuerdos de carácter general tomados por el Ayuntamiento y de otros asuntos de interés público; LI. Autorizar al Presidente Municipal, Síndico y Regidores para ausentarse del Municipio o para separarse del cargo, por un término mayor de quince días. En su caso, resolver sobre las solicitudes de licencia que formule cualquiera de los mencionados; LII. Analizar y en su caso aprobar la nomenclatura de las calles; LIII. Instrumentar y reglamentar programas que prevengan y combatan el alcoholismo, la prostitución, la adicción a las drogas, la deserción escolar en el nivel básico y toda actividad que implique una conducta antisocial, así como auxiliar y colaborar con las autoridades competentes en estos casos, inclusive cuando se trate de programas estatales o federales; LIV. Promover y coordinar la integración del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia, a fin de proporcionar la asistencia social en el Municipio con la colaboración de ese organismo, dicha asistencia deberá considerase prioritaria para las familias de los emigrantes; LV. Prestar a las autoridades judiciales, al Ministerio Público, a las ayudantías y delegaciones y a los Poderes del Estado, el auxilio necesario para el ejercicio de sus funciones, cuando así lo soliciten A LOS 8 MIEMBROS DEL CABILDO. Qué acciones han realizado respecto a lo que se cita en el artículo 38 de la ley orgánica municipal vigente en la entidad y las 6 fracciones transcritas, puesto que son directa y jurídicamente sus facultades por las que reciben un pago quincenal muy alto del erario público. Desde este momento solicitamos anexen todos "TODOS" los documentos que se originaron en el ejercicio de sus facultades por sus actividades y acciones en el servicio público a efecto de no ser omisos en las mismas y no contestar con criterios inaplicables del INAI de que no elaboran documentos a doc. todas vez que desde este momento nos apegamos al artículo 1,2, 6 y 8 constitucionales, así como del principio pro persona y tratados internacionales en materia de transparencia y rendición de cuentas a efecto de que garanticen nuestro derecho humano de acceso a información. Funde y motive sus respuestas. Respuesta del día03/10/2024Texto de respuestaSe remite a usted, respuesta a la solicitud de acceso a la información. Saludos Archivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-170359924000257

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaSiprevencionSidisponibilidadNoquejaSiRespuestaEntrega de Información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta24/09/2024Fecha solicitud término03/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMorelosSector de la dependenciaAyuntamientos