Morelos - Secretaría de Salud - (MOR)

Solicitud del día 01/07/2024 a la dependencia Morelos - Secretaría de Salud - (MOR) del órgano Morelos

Descripción28) En el periodo comprendido entre septiembre de 2021 y junio de 2024 qué acciones ha emprendido esta institución para garantizar que el persona de salud adscrito a las instituciones de salud públicas garantizar que no se envíen avisos o notificaciones a la Fiscalía por abortos autoprocurados o consentidos de acuerdo con los criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desarrolló en la Acción de inconstitucionalidad 148/2017 sobre el respeto del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes. o Adjuntar evidencia Respuesta del día30/07/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de Información Pública con número de folio 171341024000169, recepcionado en la Plataforma Nacional de Transparencia en fecha 02 de julio de 2024, por medio del cual solicita a esta Secretaría de Salud: 28) En el periodo comprendido entre septiembre de 2021 y junio de 2024 qué acciones ha emprendido esta institución para garantizar que el persona de salud adscrito a las instituciones de salud públicas garantizar que no se envíen avisos o notificaciones a la Fiscalía por abortos autoprocurados o consentidos de acuerdo con los criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desarrolló en la Acción de inconstitucionalidad 148/2017 sobre el respeto del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes. o Adjuntar evidencia Al respecto me permito informar a usted que atendiendo estrictamente lo establecido en el artículo 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; en el que se dispone las atribuciones de la Secretaría de Salud del estado de Morelos, así como en el artículo 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, esta Secretaría no presta de manera directa servicios de atención a la salud de la población, así mismo, cabe señalar que de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Salud del Estado de Morelos, el Sistema Estatal de Salud está integrado por las dependencias, entidades públicas, personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios de atención a la salud en el Estado, de acuerdo a su derechohabiencia, como lo son el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado (ISSSTE), SEDENA, Servicios de Salud de Morelos (SSM) y hospitales y clínicas privadas. Ahora bien, lo que señala la Ley de Salud del Estado de Morelos en sus artículos 7 y 8 son los Organismos Públicos Descentralizados serán consecuentemente, el conducto de ejecución de todo lo contenido en los apartados A y B del artículo 3, de la ley de Salud del Estado de Morelos, el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Morelos, quien de conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 4 del Estatuto Orgánico del Organismo Descentralizado antes citado es el encargado de prestar servicios de salud a la población en general, en términos de sus atribuciones, implementa programas y realiza actividades de prevención y promoción de salud, observando y aplicando lo establecido en la Norma Oficial 046-SSA2-2005 y el marco jurídico aplicable y vigente en el Estado de Morelos. Por lo anteriormente expuesto, es importante señalar que esta Secretaría de Salud dentro de su estructura orgánica e infraestructura no cuenta con clínicas o centros de salud que brinden atención a la salud de la población, por no contar con facultades ni atribuciones para tal fin; sin embargo, las acciones que se emprendieron para avanzar en el tema de la no objeción de conciencia se enviaron oficios a las instituciones de Salud a fin de que realizaran el curso de la NOM-046-SSA2-2005. Se adjunta evidencia de las acciones emprendidas desde el año 2021 a la fecha, Hospital del Niño Morelense, Servicios de Salud de Morelos, Hospital Centenario de la Revolución Mexicana ISSSTE Morelos, Desarrollo Integral de la Familia en Morelos, Director General de Servicios de Salud de Morelos, Comisión Estatal de Arbitraje Médico, Comandante de la 24 Zona Militar Morelos, Titulares del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal de Morelos y Asociación de Hospitales Privados, Servicios Conexos del Estado de Morelos A.C. y La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, para colaborar en las acciones. Sin embargo, se sugiere dirigir su petición a Servicios de Salud de Morelos, quien es un sujeto obligado diverso a esta Secretaría de Salud, quien conforme a sus facultades puede brindar atención a su solicitud.Archivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-171341024000169

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/07/2024Fecha solicitud término30/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMorelosSector de la dependenciaPoder Ejecutivo