Morelos - Fiscalía General del Estado de Morelos - (MOR)

Solicitud del día 23/04/2024 a la dependencia Morelos - Fiscalía General del Estado de Morelos - (MOR) del órgano Morelos

DescripciónSe solicita a dicha autoridad informar, respecto del periodo entre el 27 de octubre de 2015 y el 15 de abril de 2024 respecto del CEFERESO 16, ubicado en Coatlán del Río, Morelos, lo siguiente: 1. Número de fallecimientos ocurridos en el CEFERESO 16 que le fueron denunciados. Indicar si el denunciante fue una autoridad, particular, u organización civil. Desagregar por fecha de denuncia. 2. Indicar el número de casos médico-legales de los que tuvo conocimiento o recibió denuncia relacionados con personas internas en el CEFERESO 16. Indicar tipo de conducta, edad de la persona involucrada, y si se declinó competencia y a qué autoridad. Desagregar por fecha. 3. Número de denuncias iniciadas por personas internas del CEFERESO 16, desagregar por fecha y delito. 4. Número de carpetas de investigación o averiguaciones previas iniciadas con motivo de los fallecimientos ocurridos en el CEFERESO 16. Indicar fecha de inicio y estatus de la misma (en trámite/integración, judicializado, no ejercicio de la acción penal, reserva, otro -especificar-) Otros datosEl concepto de muerte en custodia abarca toda aquella defunción que se produce en desarrollo de cualquiera que sea la etapa a la que es sometida una persona mediante el tratamiento penitenciario, toda vez que al estar bajo la potestad del Estado, estas muertes deben ser investigadas bajo los parámetros del Manual de las Naciones Unidas sobre la Prevención e Investigación Eficaces de las Ejecuciones Extralegales, Arbitrarias o Sumarias (Protocolo de Minnesota). La información solicitada es de carácter estadístico y disociado, por lo que no se comprometen las investigaciones. Cabe señalar que los criterios para una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias mediante la promoción de una investigación eficaz de toda muerte potencialmente ilícita o sospecha de desaparición forzada, prevén la rendición de cuentas. Cuando la información se niega y se ocultan datos que permiten conocer la sistematicidad de los casos y el tratamiento que han recibido por parte de las autoridades, se alienta la impunidad de la tortura u otras conductas insidiosas o crueles que pudieran llevar a la muerte de una persona. Estas consideraciones se desarrollan en el informe temático A/HRC/53/29: Muertes en las prisiones Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, del Relator Especial Morris Tidball-Binz (https://www.ohchr.org/es/documents/thematic-reports/ahrc5329-deaths-prisons-report-special-rapporteur-extrajudicial-summary) del cual se desprende el carácter de violaciones graves a los derechos humanos por ser el caso una omisión del deber de cuidado y de garantizar el derecho a la vida y la integridad de las personas internas. Entregar información incompleta u ocultar la que pudiera ser relevante aduciendo la secrecía de las investigaciones, cuando no se han solicitado datos personales, y existe una obligación de documentación por parte de la autoridad a la que se solicita, vulnera una garantía para la sociedad de que la autoridad es ejercida correctamente, que ninguna de estas muertes es pasada por alto ni se oculta nada. La Ley General de Acceso a la Información prevé en su artículo 4 que el acceso a la información es un derecho humano, respecto del cual toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada, o en posesión de los sujetos obligados es pública y accesible a todas las personas. En el artículo 5, el mismo cuerpo normativo advierte que “no podrá clasificarse como reservada aquella información que esté relacionada con violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad, de conformidad con el derecho nacional o los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte”. En ese sentido, conforme a lo previsto por el artículo 7 de la Ley General de Archivos, “los sujetos obligados deberán producir, registrar, organizar y conservar los documentos de archivo sobre todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones de acuerdo con lo establecido en las disposiciones jurídicas correspondientes”. Es de observar se conforme al criterio SCJN. DERECHO A LA INFORMACIÓN. NO PUEDE ALEGARSE EL CARÁCTER DE ""RESERVADO"" DE LAS AVERIGUACIONES PREVIAS CUANDO LA INVESTIGACIÓN VERSE SOBRE VIOLACIONES GRAVES DE DERECHOS FUNDAMENTALES O DELITOS DE LESA HUMANIDAD. (Tesis: P. I/2019 (10a.). Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 74, Enero de 2020, Tomo I, página 562. Registro digital: 2021412)Respuesta del día06/05/2024Texto de respuestaSOLICITANTE PRESENTE En atención a la solicitud presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, registrada con el número de folio 172237724000230, el 23 de abril de 2024; se adjunta el respectivo Acuerdo de Respuesta. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6°, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 27, fracciones II, IV y V, 95, 96, 97, 98, 103 y 104 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos; 19 y 106, fracción I, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos; así como 1, 4, 6, fracción V, y 7, fracción I, del Acuerdo 04/2022 por el que se regula a la Dirección de Transparencia, la Unidad de Transparencia y al Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Morelos. NOTIFÍQUESE VÍA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA.Archivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-172237724000230

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta08/05/2024Fecha solicitud término06/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deMorelosSector de la dependenciaOrganismos Autónomos