Morelos - Fiscalía General del Estado de Morelos - (MOR)
Solicitud del día 19/07/2024 a la dependencia Morelos - Fiscalía General del Estado de Morelos - (MOR) del órgano Morelos
DescripciónDerivado de las funciones del Ministerio Público, Policías y Peritos emanadas de la Constitución y del Código Nacional de Procedimientos Penales, y de su aplicación en todo el territorio mexicano. La Fiscalía/Procuraduría, en relación a la Localización Geográfica o Geolocalización a la que se refiere la ley: ¿Cuál es el fundamento jurídico para realizar geolocalizaciones o Localizaciones Geográficas de teléfonos? ¿Se necesita siempre autorización judicial para llevarlo a cabo?, en caso de no necesitarse, ¿por qué? Favor de fundamentar legalmente ¿Cuál es el fundamento legal para adquirir, rentar o celebrar contratos en materia de geolocalizaciones? ¿Y cuál es su objetivo? ¿Cuál es la justificación para la adquisición de tecnologías de geolocalización y para la autorización de la adquisición? ¿Quién lleva a cabo las geolocalizaciones o localizaciones geograficas y quién las ordena? ¿Cuál es el fundamento para realizar geolocalizaciones o para utilizar software o programas o equipos de geolocalización? Derivado de sus respuestas, la Fiscalía/Procuraduría, a través de su personal (MP, Policías o Peritos) podría ordenar ejecutar o ejecuta Localizaciones geográficas o geolocalizaciones de personas o equipos telefónicos? De ser así cual es el marco jurídico para usarlos. ¿Quién efectúa o ejecuta dichas Localizaciones geográficas o geolocalizaciones? (MP, Policías o Peritos) Asimismo, tomando en consideración que para cumplir con los objetivos de transparencia, los contratos son Públicos ¿tienen contratos de compra-venta, renta o cualquier otro en el que se haga uso o permita utilizar equipos o softwares para localización geográfica o geolocalización?, favor de remitir del año 2020 a la fecha los que se hayan celebrado, en versión pública Favor de remitir un número del total de las veces que se han ejecutado localizaciones geograficas o geolocalizaciones derivado de esos contratosRespuesta del día16/08/2024Texto de respuestaSOLICITANTE PRESENTE En atención a la solicitud presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, registrada con el número de folio 172237724000378, el 29 de julio de 2024; se adjunta el respectivo Acuerdo de Respuesta. Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6°, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 27, fracciones II, IV y V, 95, 96, 97, 98, 103 y 104 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos; 19 y 106, fracción I, del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos; así como 1, 4, 6, fracción V, y 7, fracción I, del Acuerdo 04/2022 por el que se regula a la Dirección de Transparencia, la Unidad de Transparencia y al Comité de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Morelos. NOTIFÍQUESE POR LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA Y, POSTERIORMENTE, VÍA CORREO ELECTRÓNICO.Archivo adjuntoDescargarFolioMOR-IP-172237724000378