Nayarit - Fiscalía General - (NAY)

Solicitud del día 08/05/2024 a la dependencia Nayarit - Fiscalía General - (NAY) del órgano Nayarit

DescripciónSolicito me informe sobre las siguientes preguntas: ¿Cuenta con un registro específico del delito de tortura como se establece en los artículos 83-85 de la Ley General para Prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes? ¿Qué información incluye el registro sobre el delito de tortura? ¿Cuál es el sistema de captura de la información y quién actualiza la información y con qué periodicidad? ¿En qué año comenzó a implementarse este registro sobre el delito de tortura?Otros datosLa información solicitada no se encuentra publicada en informes de la dependencia en su portal electrónico, y tampoco se puede obtener de las estadísticas de incidencia delictiva del fuero común publicadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (no se encuentra la categoría, tipo o modalidad con la desagregación solicitada). En caso de que el sujeto obligado haya publicado la información solicitada recientemente se solicita la dirección electrónica donde esta se encuentra. De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradantes las procuradurías o fiscalías tiene la obligación y facultad de Iniciar y desarrollar la investigación y persecución de hechos delictivos relacionados con los delitos previstos en esta Ley. Por lo cual, se infiere que esta dependencia debe contar entre sus archivos con la información solicitada; toda vez que el artículo 84 y 85 de la misma Ley establece que: En el caso de las Fiscalías de las entidades federativas, éstas instrumentarán su respectivo registro considerando como mínimo datos para fines estadísticos sobre: el lugar, fecha, circunstancias, técnicas utilizadas como actos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; las autoridades señaladas como posibles responsables; el estatus de las investigaciones; y, en su caso, la información referente a la Víctima, como su situación jurídica, edad, sexo, o cualquier otra condición relevante para los efectos estadísticos; por tanto, se asume que esta dependencia cuenta con la información solicitada con el nivel de desagregación que se solicita. La información solicitada no se considera reservada o clasificada, toda vez que de acuerdo con el artículo 70, fracción XXX de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; los sujetos obligados deberán poner a disposición pública las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible; sumado al hecho de que no se está solicitando información referente a datos personales. Respuesta del día17/10/2024Texto de respuestaEn documento adjunto remito a usted respuesta a su solicitud de informaciónArchivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-180369324000202

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/06/2024Fecha solicitud término17/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deNayaritSector de la dependenciaPoder Ejecutivo