Nayarit - Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado - (NAY)
Solicitud del día 29/08/2024 a la dependencia Nayarit - Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado - (NAY) del órgano Nayarit
DescripciónMediante correo electrónico oficial de este Instituto se recibió solicitud de información, para lo cual dando cumplimiento al articulo 132 de la Ley de Transparencia y acceso a la Información Publica del Estado de Nayarit se lleva a cabo el registro en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y se realizara el respectivo procedimiento interno para su atención. Reciban un saludo Me gustaría conocer si un recolector de residuos de manejo especial puede renovar su autorización sin contar con licencia municipal de funcionamiento? Me gustaría conocer si la dirección de evaluación ambiental de la secretaria de desarrollo sustentable está facultada para revocar, cancelar o suspender provisionalmente una autorización de recolección de residuos de manejo especial, cuando el autorizado no ha tramitado en sus dos últimas renovaciones, sulicencia municipal de funcionamiento de acuerdo al artículo 182 de la LEEEPAN? Me gustaría conocer porque entre los requisitos para obtener el registro como recolector de residuos de manejo especial ante la secretaria de desarrollo sustentable, no se solicita contar con licencia municipal de funcionamiento y sin embargo en el registro entregado al promovente se le comenta que debe hacer hincapié o considerar el artículo 182 de la LEEEPAN y que además debe tramitar las autorizaciones correspondientes con el municipio donde tenga su residencia. Los cuales ambos hacen mención a que debe contar con licencia municipal de funcionamiento? Quedo atento de su respuesta José de Jesús Barraza Palomera 3222321621 Respuesta del día29/08/2024Texto de respuestaEn alcance a la solicitud recibida, nos permitimos hacer de su conocimiento que la información de su interés no es competencia de este Órgano Garante por no referirse a alguna de sus facultades, competencias o funciones, por lo que, con fundamento en el artículo 145 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit y con el fin de que pueda tener acceso a la información que requiere, se orienta hacia que sujeto obligado posiblemente cuente con la información de su interés, cuyos datos se proporcionan en archivo adjunto:Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-180377624000162