Nayarit - Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana - (NAY)
Solicitud del día 07/07/2023 a la dependencia Nayarit - Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana - (NAY) del órgano Nayarit
DescripciónSobre TODOS LOS CENTROS PENITENCIARIOS DE SU ENTIDAD FEDERATIVA (información por separada por cada Centro Penitenciario) A) Indicar cuántos Centros Penitenciarios existen en su entidad Federativa (precisando nombre o siglas de distinción) Por cada centro penitenciario referido en el punto uno precisar las siguientes preguntas por cada Centro Penitenciario (realizando la respuesta por grupo de preguntas por cada uno de estos) 1. ¿Cuentan con reclusos en celdas de alta seguridad, es decir con seguridad mayor a las que se tienen en la generalidad de los reclusos? De ser así indicar el número de personas que se tienen en población general y las que se encuentran en este momento en reclusión con mayores medidas de seguridad. 2. Indicar cuales son las medidas generales de seguridad que se tienen en la población regular en reclusión como celda, visitas, ingreso de sus visitas, artículos permitidos para su tenencia, artículos permitidos para su ingreso, vestimenta, entre otros. 3. Indicar cuales son las diferencias que existen cuando se determina la necesidad de reclusión en celdas de alta seguridad o reclusos que requieren ser vigilados con mayor cuidado con respecto a celda, visitas, ingreso de sus visitas, artículos permitidos para su tenencia, artículos permitidos para su ingreso, vestimenta, entre otros. 4. ¿Cómo se determina la necesidad de la reclusión con mayores medidas de seguridad? (indicar procedimiento y autoridad encargada de dicha resolución) 5. ¿Cuáles son los parámetros para que una persona se determine deba estar en reclusión que implique mayores medidas de seguridad? 6. ¿Cuánto tiempo es el máximo que puede permanecer una persona en reclusión con mayor seguridad en comparación con la población recluida en general? 7. ¿Cómo se determina el tiempo que una persona permanece en reclusión con mayor seguridad en comparación con la población recluida en general? 8. ¿Cuánto es el tiempo máximo que se permanece en celdas de mayor seguridad o reclusión con mayor seguridad en comparación con la población recluida en general? 9. ¿Cada cuánto tiempo se reevalúa la necesidad que justifica continuar en reclusión en celdas de mayor seguridad o reclusión con mayor seguridad en comparación con la población recluida en general? 10. Especificar las diferencias entre las prerrogativas que tienen los reclusos en población general y los reclusos en celdas de mayor seguridad (o reclusión de mayor seguridad) con respecto a sus visitas (si pueden recibir amigos, familiares, cada cuanto tiempo, si puede ser atendida de manera directa sin barreras o si se hace con algún tipo de barrera, etc). De no existir diferencias indicar solamente las prerrogativas generales. 11. Especificar las diferencias entre las prerrogativas que tienen los reclusos en población general y los reclusos en celdas de mayor seguridad (o reclusión de mayor seguridad) con respecto a los artículos que puede tener o se pueden ingresar para su tenencia. De no existir diferencias indicar solamente las prerrogativas generales. 12. Especificar las diferencias entre las prerrogativas que tienen los reclusos en población general y los reclusos en celdas de mayor seguridad (o reclusión de mayor seguridad) con respecto a ejercicio, actividades recreativas, educación, etc. De no existir diferencias indicar solamente las prerrogativas generales. 13. Especificar las diferencias entre las prerrogativas que tienen los reclusos en población general y los reclusos en celdas de mayor seguridad (o reclusión de mayor seguridad) con respecto a ser expuestos a la luz solar. De no existir diferencias indicar solamente las prerrogativas generales. Respuesta del día31/07/2023Texto de respuestaC. MARGARITA GARCÍA ÁLVAREZ. margaritagaralva@gmail.com Por medio del presente, y dentro del plazo establecido por el artículo 141 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, por este conducto se da atención a su solicitud de acceso a la información, registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia bajo folio número 181191423000123; por lo que, atendiendo a su derecho de acceso a la Información previsto en la citada Ley, me permito remitir a usted la respuesta rendida por la Dirección General de Prevención y Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, mediante oficio número SSPC/DGPRS/471/2023 de fecha 25 de julio de 2023, con el que se brinda a usted la información solicitada. Sin otro particular, me es grato enviarle un cordial saludo. A T E N T A M E N T E. LA ENCARGADA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA.Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181191423000123