Nayarit - Instituto Electoral del Estado de Nayarit - (NAY)

Solicitud del día 28/05/2024 a la dependencia Nayarit - Instituto Electoral del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit

DescripciónYo sé que está plataforma no sirve para los fines tan diversos que me he dado, pero me ha Sido efectiva para poder enviar mensajes y diversos comunicados a las Autoridades, y en este caso me gustaría mucho si alguno pudiera hacerle llegar este demanda de amparo que una vez le presente a la entonces senadora Lucy Meza pero indebidamente un juez me desecho porque según el no había pasado tiempo suficiente para que la Senadora se tomará la libertad de contestarme, cuestión que creo que se le olvidó. Pero que espero que nuestra futura gobernadora pueda ahora así contestarme y coadyuvar conmigo en la solución de mi problema, yo que también soy oriundo del Estado de Morelos, y que me he visto perjudicado por los amigos y comparsas del Presidente Andrés Manuel López Obrador. Si tuviera la voluntad de ayudarme puede muy apropiadamente contacterme a través del correo electrónico que está inmerso en el escrito de demanda adjunto a esta solicitud.Respuesta del día28/05/2024Texto de respuestaSe le hace del conocimiento que una vez analizada por esta Unidad de Trasparencia dicha solicitud y de acuerdo con la normatividad aplicable a este Instituto Estatal Electoral de Nayarit, respecto a sus facultades, competencias y atribuciones, se determina la notoria incompetencia para brindar la información pública que se desprende de la solicitud, por lo que nos encontramos en el supuesto establecido en el artículo 145 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit el cual dice lo siguiente: “Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes…”. Del mismo modo, se hace saber que de conformidad al artículo primero Ley Electoral publicada el día dieciocho de agosto del año dos mil diez, esta tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit relativas a la preparación, desarrollo, vigilancia y calificación de los procesos electorales ordinarios y extraordinarios que se celebren para elegir Gobernador, Diputados al Congreso del Estado y miembros de los Ayuntamientos; asimismo, establece el marco jurídico de la organización y funcionamiento de los organismos electorales; los derechos, obligaciones y prerrogativas de los partidos políticos; las disposiciones normativas relacionadas al ejercicio de los derechos y obligaciones de los ciudadanos en materia electoral; las actividades permanentes de estudios electorales y acciones para el fomento, capacitación y fortalecimiento cívico y político de la población, y en su numeral 2, establece y su aplicación corresponde a organismos electorales locales, en este caso el Instituto Estatal Electoral, en razón de lo anterior, la información solicitada relativa a otra entidad, no se encuentra dentro de nuestro archivo, sino más bien, es competencia de las autoridades del Estado de Morelos. Por lo que debe puntualizarse que la información peticionada no es generada ni obra en posesión del Instituto Estatal Electoral de Nayarit, sino que es una facultad ejercida por otro sujeto obligado, por tanto, se le señala y precisa al solicitante que, la autoridad que pudiese dar trámite y seguimiento a su solicitud, resultaría la del Gobierno del Estado de Morelos, cuyas dependencias deben otorgar el acceso a la información pública solicitada, a través de sus propias Unidades de Transparencia. A T E N T A M E N T E Lic. Laura Liliana Lyle Bañuelos Titular de la Unidad Técnica de Transparencia del Instituto Estatal Electoral de NayaritArchivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181192224000086

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNo competenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaCopia SimpleFecha limite de respuesta25/06/2024Fecha solicitud término28/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deNayaritSector de la dependenciaOrganismos Autónomos