Nayarit - Instituto Electoral del Estado de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 22/10/2024 a la dependencia Nayarit - Instituto Electoral del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
DescripciónA quien corresponda: Aunado a un cordial saludo y con fundamento en el articulo 6 de la CPEUM, quisiera solicitar en datos abiertos lo siguiente: * El número de sentencias totales que fueron notificadas al OPLE por anualidad en el periodo comprendido del 2012 al 2018. * ¿Cuántas y cuáles son las pertenecientes a juicios para la protección de los derechos político electorales de la ciudadanía para el mismo periodo (2012-2018) o su equivalente?, y; * ¿Cuáles sentencias fueron impugnadas ante la Sala Regional Guadalajara y/o Sala Superior del TEPJF?. De antemano agradezco su respuesta.Respuesta del día12/11/2024Texto de respuestaUnidad Técnica de Transparencia OFICIO NO. IEEN-UT-591/2024 Tepic, Nayarit, a 12 de noviembre del 2024 Asunto: Respuesta a Solicitud de Acceso a Información Folio: 181192223000171 USUARIO: “Sin nombre” P R E S E N T E En relación a la solicitud de información presentada mediante Plataforma Nacional de Transparencia, remitida a este organismo constitucional autónomo, asignándosele el número de folio 181192223000171 y de conformidad a lo establecido en los artículos 134,135, 141, 142, 144 y demás relativos y aplicables de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, me permito hacer de su conocimiento que en atención a su solicitud, se anexa a la presente la información solicitada a esta Unidad Técnica, consistente en: “A quien corresponda: Aunado a un cordial saludo y con fundamento en el artículo 6 de la CPEUM, quisiera solicitar en datos abiertos lo siguiente: • El número de sentencias totales que fueron notificadas al OPLE por anualidad en el período comprendido del 2012 al 2018. • ¿Cuántas y cuales son las pertenecientes a juicios para la protección de los derechos políticos electorales de la ciudadanía para el mismo período (2012-2018) o su equivalente?, y; • ¿Cuáles sentencias fueron impugnadas ante la Sala Regional de Guadalajara y/o Sala Superior del TEPJF? De antemano agradezco su respuesta.” (sic) En atención a lo solicitado, se hace de su conocimiento que a través de los números de oficio IEEN-UT-570/2024 y IEEN-UT-573/2024, emitidos por la presente Unidad Técnica de Transparencia, y dirigidos hacia el Titular de la Dirección Jurídica y la Titular de la Secretaria General respectivamente a través de los números de oficio IEEN/DJ/357/2024 y el oficio IEEN-SG-2383/2024, en donde brindan las respuestas a la presente solicitud de información, mismas respuestas que se encuentran escaneadas y vertidas en una carpeta digital y que podrán visualizarse a través del siguiente enlace de Google Drive: https://drive.google.com/drive/folders/1CRRxdKP5vCmCnfUgK_TVyWc4GFe6VOgI?usp=sharing En mismo tenor de ideas, se manifiesta que No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información. Se atiende la presente solicitud, en atención a lo estipulado en el artículo 139 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, en armonía con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sin otro particular a tratar, reciba un cordial saludo. A T E N T A M E N T E Lic. Laura Liliana Lyle Bañuelos Titular de la Unidad Técnica de Transparencia del Instituto Estatal Electoral de Nayarit Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181192224000171