Nayarit - Ayuntamiento de Ixtlán del Río - (NAY)
Solicitud del día 09/05/2023 a la dependencia Nayarit - Ayuntamiento de Ixtlán del Río - (NAY) del órgano Nayarit
Descripción1.-Integración del Órgano Interno de Control Municipal (OIC), organigrama, número de integrantes. 2.- Presupuesto autorizado y ejercido al OIC en los a los años 2017 a 2023. 3.- Requisitos para ser titular del OIC 4.- Procedimiento para nombrar al titular y a los demás integrantes del OIC. 5.- El procedimiento de nombramiento se ajusta a lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 20? 6.- De ser negativa la respuesta al punto anterior, que razones lo explican? Y en su caso, quien o quienes fueron los servidores públicos responsables del nombramiento y si contra él o ellos, se sigue o instauró algún procedimiento de responsabilidad por esa omisión? 7.- Auditorias realizas por el OIC entre los años 2017 a 2023 8.- Informes de las referidas auditorias 9.- Procedimientos de responsabilidad administrativa instaurados por el OIC por faltas no graves entre los años 2017 a 2023 10.- Procedimientos promovidos por faltas graves entre los años 2017 a 2023 11.- Servidores públicos sancionados por el OIC entre los años 2017 a 2023 12.- Procedimientos de responsabilidad no grave solicitados por la ASEN o alguna otra autoridad entre los años 2017 a 2023 y en su caso, número de los expedientes que hayan quedado firmes y los que no, la etapa en la que se encuentran. 13.- Diagnósticos realizados por el OIC al municipio para prevenir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción. 14.- Acciones implementadas por el OIC para orientar el criterio que en situaciones específicas deberán observar los Servidores Públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, para prevenir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción. 15.-Copia del Código de ética que haya emitido el OIC. 16.- Copia de las Evaluaciones anuales del OIC sobre el resultado de las acciones específicas que hayan implementado para prevenir la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción y en su caso, las modificaciones que haya implementado. 17- . El OIC ha implementado las recomendaciones para el fortalecimiento institucional en su desempeño y control interno y con ello la prevención de Faltas administrativas y hechos de corrupción del Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción? Si es afirmativo, indique cuales. 18.- Informes del OIC sobre el cumplimiento de sus funciones que haya presentado al Ayuntamiento a alguna otra autoridad. Respuesta del día02/06/2023Texto de respuesta1. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 1.Se anexa el organigrama que establece el reglamento de la administración pública para el Municipio de Ixtlán del Río, Nayarit y el Reglamento Interior de la Contraloría Municipal de Ixtlán del Río, Nayarit. 2. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 2.Se anexa el presupuesto autorizado para la Contraloría Municipal, establecido en el Presupuesto de egresos para la municipalidad de Ixtlán del Río, Nayarit de los ejercicios fiscales 2017 a 2023, además del estado del ejercicio del presupuesto por capítulo del gasto de los ejercicios 2017 a 2023. 3. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 3.Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 118 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, el Titular de la Contraloría Municipal deberá reunir los siguientes requisitos: I.- Contar con estudios profesionales, preferentemente titulado, o contar con los conocimientos necesarios a criterio del Ayuntamiento; II.- No haber sido condenado por sentencia firme por delitos patrimoniales; III.- No estar inhabilitado para ocupar cargo alguno en la administración pública; y IV.- Los demás que a criterio del Ayuntamiento sean acordados. 4. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 4.Con fundamento en lo establecido en el artículo 65 de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit fracción V. Son deberes del presidente Municipal: V.- Proponer al Ayuntamiento en la primera sesión de Cabildo, los nombramientos del secretario, Tesorero, Contralor y demás titulares de la administración municipal. La propuesta que presente el Presidente Municipal será sometida a la aprobación del Cabildo; de no acordarse procedente, el Presidente Municipal presentara en la misma sesión una terna de candidatos para cada puesto, de entre los cuales el Cabildo hará la designación respectiva; si dicho cuerpo colegiado no acordare favorablemente o negare, en su caso, la propuesta de los candidatos, el Presidente Municipal expedirá inmediatamente a favor de cualquiera de los candidatos de la terna propuesta para cada cargo. El artículo 119 fracción XIX de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, son atribuciones del Contralor Municipal: XIX.Designar y remover a los titulares de los órganos internos de control de la Administración Pública Municipal 5. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 5. Si, se ajusta a lo establecido la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su artículo 20. 6. RESPUESTA AL NÚMERO 6. ¿De ser negativa la respuesta al punto anterior, que razones lo explican? Y en su caso quien o quienes fueron los servidores públicos responsables del nombramiento y si contra él o ellos. ¿se sigue o instauró algún procedimiento de responsabilidad por esa omisión. 7. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 7. Se anexa el nombre de las auditorías que se realizaron en los años 2017 a 2023. 8. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 8. Se anexan los informes individuales definitivos de las auditorías realizadas en los años 2017 a 2023 9. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 9. En el ejercicio 2017 a 2021 no estaba establecido un OIC por lo tanto no se realizó ningún procedimiento por comisión de faltas administrativas no graves. - Se anexa el listado de los expedientes de faltas administrativas no graves del ejercicio 2021 a 2023 10. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 10. - Se anexa el listado de los expedientes de faltas administrativas no graves del ejercicio 2021 a 2023 11. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 11. No existe ningún funcionario público sancionado 12. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 12.Se le esta dando seguimiento a 4 procedimientos de responsabilidad no grave que fueron solicitados por la ASEN: NO. DE EXPEDIENTE ETAPA EXP. IXT/CM/INV-003/2023 ETAPA DE INVESTIGACIÓN EXP. IXT/CM/INV-004/2023 ETAPA DE INVESTIGACIÓN EXP. IXT/CM/INV-005/2023 ETAPA DE INVESTIGACIÓN EXP. IXT/CM/INV-006/2023 ETAPA DE INVESTIGACIÓN - De la administración 2017 a 2021 no se encontró información. 13. RESPUESTA AL PUNTO NÚMERO 13. - Se esta llevando a cabo la implementación del sistema de control Interno InstitucionaArchivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181194023000020