Nayarit - Comisión Municipal de Derechos Humanos de Tepic - (NAY)

Solicitud del día 25/03/2024 a la dependencia Nayarit - Comisión Municipal de Derechos Humanos de Tepic - (NAY) del órgano Nayarit

DescripciónCon la finalidad de complementar mi trabajo de investigación para la Maestría en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, respetuosamente me dirijo a los Organismos de Protección de los Derechos Humanos Municipales en el Estado de Nayarit, para solicitar la información siguiente: Indicar los números de expedientes de todas las acciones de inconstitucionalidad que ha promovido el organismo contra normas de vigencia anual (de manera enunciativa: leyes de ingresos y leyes de hacienda, Federales, Estatales y Municipales; relativas a cobros por búsqueda, consulta y reproducción de información pública, alumbrado público, impuesto predial, tenencia de vehículos, así como cualquier otra que sólo se encuentre vigente en un ejercicio fiscal o presupuestal de carácter anual), a partir del 10 diez de junio del 2011 dos mil once, fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por estimarlas violatorias de Derechos Humanos. De ser posible, se solicita que la información que se proporcione indique los rubros siguientes: Número de expediente de la Acción de Inconstitucionalidad; Promovente; Autoridades emisora y promulgadora de la norma; Normas generales cuya invalidez se reclama; si el asunto está en trámite o si está resuelto, indicando si fue por el Pleno o alguna de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fecha de la sesión y sentido del fallo. Finalmente, agradeciendo de antemano sus esfuerzos, solicito que la información correspondiente se genere en forma electrónica y se notifique por el sistema de la Plataforma Nacional de Transparencia y a mi correo electrónico jonyllescas@hotmail.com.Respuesta del día12/04/2024Texto de respuestaTepic, Nayarit, a 12 de abril del 2024. Jonathan Martínez Yllescas Presente. Asunto: Se da contestación a solicitud de Información vía PTN de folio No. 181222624000006 Por medio del presente, le envío un cordial saludo y al mismo tiempo, me permito dar contestación a la solicitud de información pública de folio No. 181222624000006 realizada vía PTN. Dicha solicitud se refiere a: Con la finalidad de complementar mi trabajo de investigación para la Maestría en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México, respetuosamente me dirijo a los Organismos de Protección de los Derechos Humanos Municipales en el Estado de Nayarit, para solicitar la información siguiente: Indicar los números de expedientes de todas las acciones de inconstitucionalidad que ha promovido el organismo contra normas de vigencia anual (de manera enunciativa: leyes de ingresos y leyes de hacienda, Federales, Estatales y Municipales; relativas a cobros por búsqueda, consulta y reproducción de información pública, alumbrado público, impuesto predial, tenencia de vehículos, así como cualquier otra que sólo se encuentre vigente en un ejercicio fiscal o presupuestal de carácter anual), a partir del 10 diez de junio del 2011 dos mil once, fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por estimarlas violatorias de Derechos Humanos. De ser posible, se solicita que la información que se proporcione indique los rubros siguientes: Número de expediente de la Acción de Inconstitucionalidad; Promovente; Autoridades emisora y promulgadora de la norma; Normas generales cuya invalidez se reclama; si el asunto está en trámite o si está resuelto, indicando si fue por el Pleno o alguna de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fecha de la sesión y sentido del fallo. Finalmente, agradeciendo de antemano sus esfuerzos, solicito que la información correspondiente se genere en forma electrónica y se notifique por el sistema de la Plataforma Nacional de Transparencia y a mi correo electrónico jonyllescas@hotmail.com. Página 1 de 2 Respuesta: De conformidad con el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución, inciso g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas. En ese sentido se tiene que la Comisión Nacional de Derechos Humanos, así como la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Nayarit, son los organismos con la facultad para iniciar acciones de inconstitucionalidad, con base en el fundamento legal antes mencionado, por lo que se tiene que este organismo ante la falta de competencia está impedido para ello. De tal manera se le informa que la información que requiere la podrá solicitar a la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Nayarit, quien posee la información que requiere, por tener competencia de promovente. Sin otro particular, cualquier duda o aclaración al respecto estamos a sus órdenes. Reciba un cordial saludo. ATENTAMENTE _____________________________________________ C. P. Violeta Padilla Aguiar Titular de la Unidad de Transparencia de la Comisión Municipal de Derechos Humanos de Tepic Página 2 de 2 C.C.P. Archivo.Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181222624000006

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta22/04/2024Fecha solicitud término12/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deNayaritSector de la dependenciaAyuntamientos