Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 29/06/2023 a la dependencia Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
Descripción1.- NOMBRAMIENTO DEL CONTRALOR MUNICIPAL DE JALA 2.- OFICIO DE NO INHABILITADO DEL CONTRALOR DEL MUNICIPIO DE JALA 3.-RESULTADOS DE AUDITORIA 2022 Y PRIMER TRIMESTRE 2023 REALIZADA POR EL CONTRALOR MUNICIPAL DE JALA.Respuesta del día13/07/2023Texto de respuestaAtendiendo a su solicitud, la cual consiste por lo que hace a este sujeto obligado, en: “1. Nombramiento del Contralor Municipal de Jala. 2. Oficio de no inhabilitado del Contralor del Municipio de Jala. 3. Resultados de auditoría 2022 y primer trimestre 2023 realizada por el Contralor Municipal de Jala.” Se emite con base en lo aportado por las unidades administrativas responsables de la información, la siguiente respuesta: 1. El nombramiento es un documento interno, expedido por quien tenga facultades para nombrar, mediante el cual de forma escrita se designa a alguien para un cargo u oficio. El original del documento que solicita tendría que estar en poder de su destinatario, y el acuse de recibido bajo resguardo en los archivos del Municipio de Jala. 2. En la Auditoría Superior del Estado de Nayarit se expiden Constancias de No Inhabilitación, al interesado per se, o mediante apoderado. Si el propio interesado la solicita, basta con que se identifique con documento idóneo, como lo es la credencial para votar; mientras que, si lo hace el apoderado, aparte de identificarse tendrá que acreditar su personería mediante carta poder simple. En ambos casos, media un pago previo. Por tanto, el servidor público que se explicita en su solicitud, tendría que haber aportado dicha Constancia al Ayuntamiento, para validar la inexistencia de algún impedimento para ser nombrado Contralor del Municipio de Jala. 3. Conforme al artículo 119, fracción III de la Ley Municipal para el Estado de Nayarit, el Contralor Municipal deberá realizar al menos una auditoría por año a cada una de las dependencias y entidades de la administración municipal; de sus resultados, cada año en el mes de enero se deberá remitir la documentación correspondiente a la Auditoria Superior del Estado. Sin embargo, la documentación e información es propiedad, en este caso, del Ayuntamiento de Jala, quien, como sujeto obligado en términos de transparencia, podría atender plenamente su solicitud.Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181387423000044