Hacer tu solicitud
Pidala.info no recibe solicitudes. Puedes hacer la tuya, gratis, a Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY). Así se hace:
- Elige por dónde. En la Plataforma Nacional de Transparencia, en la Unidad de Transparencia de la dependencia, por correo electrónico o por correo postal.
- Describe la información que buscas. Sé concreto: qué documentos, de qué periodo y de qué área. No tienes que decir para qué la quieres.
- Indica cómo quieres recibirla (consulta directa, copias o medio electrónico) y un medio para recibir avisos. En la Plataforma los avisos llegan por la misma plataforma.
- Guarda el folio. Es el número con el que das seguimiento a tu solicitud.
- Espera la respuesta. El plazo es de hasta 20 días, ampliable 10 más con justificación. Si te piden aclarar o completar tu solicitud, el plazo vuelve a empezar cuando respondas.
- Costos. Pedir es gratis. Solo pueden cobrar copias, envío o certificación, y hasta 20 hojas simples la entrega no tiene costo.
- Si no te responden o no estás de acuerdo, tienes 15 días para presentar un recurso de revisión ante la autoridad garante (en el Gobierno Federal, Transparencia para el Pueblo) o ante la Unidad de Transparencia.
Antes de escribir, revisa en Pidala.info cómo se preguntó antes a esta dependencia: las solicitudes que obtuvieron información son buenos modelos. No copies datos personales de otras personas.
Según la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (2025), artículos 14, 15, 124 a 127, 130, 134, 143 y 144.
📑Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 25/10/2023 a la dependencia Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
- Solicitud25/10/2023
- Fecha límite23/11/2023
- Respuesta31/10/2023
Solicitud
DescripciónRespecto de los procedimientos de responsabilidad administrativa NO GRAVES conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas o su homóloga aplicable, efectuados en el periodo de agosto de 2017 a octubre de 2023 por parte de su órgano interno de control o área de responsabilidades, se requiere lo siguiente: - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave iniciados. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave pendientes de resolución. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos sin sanción para el servidor público. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos con sanción para el servidor público. - La cantidad de recursos de revocación interpuestos. - La cantidad de recursos de revocación resueltos confirmando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación resueltos revocando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación pendientes de resolver. De antemano gracias y una disculpa por las molestias.Respuesta
Respuesta del día31/10/2023Texto de respuestaOficio: ASEN/AS/UT-72/2023 Tepic, Nayarit; a 30 de octubre de 2023 Sr. Miguel Gutiérrez Pineda P r e s e n t e Atendiendo a su solicitud, a la que se le asignó el folio 181387423000054 en la Plataforma Nacional de Transparencia PNT, la cual consiste en: “Respecto de los procedimientos de responsabilidad administrativa NO GRAVES conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas o su homóloga aplicable, efectuados en el periodo de agosto de 2017 a octubre de 2023 por parte de su órgano interno de control o área de responsabilidades, se requiere lo siguiente: - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave iniciados. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave pendientes de resolución. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos sin sanción para el servidor público. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos con sanción para el servidor público. - La cantidad de recursos de revocación interpuestos. - La cantidad de recursos de revocación resueltos confirmando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación resueltos revocando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación pendientes de resolver.” Se emite con base en lo aportado por las unidades administrativas responsables de la información, la siguiente respuesta: Con independencia de si existiera o no la información solicitada, dicho dato, al igual que cualquier otro relacionado o documento inherente que pudieran existir o no, constituirán información reservada de conformidad con el artículo 79, fracciones VI, VII, VIII, IX, X y XI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit.Archivo adjuntoDescargarRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuesta (agrupación de Pidala.info)Entrega de información en el medio indicadoMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTDatos adicionales
FolioNAY-IP-181387423000054EstatusTerminadaTipo de solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaPrórrogaNoPrevenciónNoDisponibilidadNoQuejaNoFecha límite de respuesta23/11/2023Fecha de término de la solicitud31/10/2023Órgano garanteNayaritSector de la dependenciaOrganismos AutónomosEnlaces
Fuentes de datos
Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)
Solicitudes de acceso a la información publicadas por los sujetos obligados en la PNT. Pidala.info las publica tal como aparecen en la PNT, sin modificaciones.
Última importación de estos datos18/11/2024