Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 22/05/2024 a la dependencia Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
Descripciónsolicito titulo y cedula profesional por segunda ocasion del nombramiento ilegal de jaime enrique parra peña como secretario del ayuntamiento. asi mismo su sueldo y compensaciones con comprobacio, ademas de copia de procedimientos internos en contra del cabildo por haber aprobado este nombramiento. Respuesta del día27/05/2024Texto de respuestaOficio: ASEN/AS/UT-56/2024 Asunto: Se responde a lo solicitado Tepic, Nayarit; lunes 27 de mayo de 2024 CARLOS R m s P r e s e n t e En atención a su solicitud, se le asignó el folio 181387424000049 en la Plataforma Nacional de Transparencia PNT y con base en lo aportado por las distintas unidades administrativas competentes o responsables de la información, previa cita que se hace de lo que solicita, se emite la siguiente respuesta: “Solicito título y cédula profesional por segunda ocasión del nombramiento ilegal de jaime enrique parra peña como secretario del ayuntamiento, así mismo su sueldo y compensaciones con comprobación, además de copia de procedimientos internos en contra del cabildo por haber aprobado este nombramiento.” Se hace de su conocimiento que la Auditoría Superior del Estado de Nayarit, tal y como lo disponen los artículos 1 y 2 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nayarit, es un ente del Congreso del Estado de Nayarit, especializado en materia de fiscalización, dotado con autonomía técnica y de gestión, así como para decidir sobre su presupuesto, organización interna, funcionamiento y resoluciones, encargado de llevar a cabo la función de fiscalización superior que ordenan los artículos 116, fracción II, párrafos Sexto, Séptimo y Octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 47, fracciones XXVI, XXVI-A y XXVI-B y 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit. Se advierte que su solicitud al parecer versa sobre información inherente a la percepción económica, nombramiento y procedimientos internos en relación con el servidor público al que refiere, en algún Ayuntamiento de los veinte que existen en sendos municipios que conforman el Estado de Nayarit. Sin embargo, se le informa que dicha información no corresponde originariamente a la gestión, facultades, competencias o funciones de esta institución, sino a la del Ayuntamiento de que se trate. Por tanto, esta institución se encuentra en imposibilidad para proporcionarle la información que solicita, en términos del artículo 19 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit. Por lo que se le sugiere dirija su solicitud de información al Ayuntamiento que corresponda para que le proporcionen la información dado que, como sujeto obligado en materia de transparencia y acceso a la información, estaría en condición de informarle al respecto.Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181387424000049