Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 31/05/2024 a la dependencia Nayarit - Auditoría Superior del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
DescripciónA quien corresponda: Por medio del presente, solicito la siguiente información en materia de Responsabilidades Administrativas: 1. Proporcionar el documento que tenga el catálogo de faltas administrativas graves atribuidas a las personas servidoras públicas, utilizado por las autoridades encargadas de investigar, sustanciar y sancionar los procedimientos de responsabilidades administrativas, así como su fundamento jurídico. 2. Proporcionar el documento que tenga el catálogo de faltas administrativas no graves atribuidas a las personas servidoras públicas, utilizado por las autoridades encargadas de investigar, sustanciar y sancionar los procedimientos de responsabilidades administrativas, así como su fundamento jurídico. 3. Proporcionar el documento que tenga el catálogo de faltas administrativas graves atribuidas a los particulares, utilizado por las autoridades encargadas de investigar, sustanciar y sancionar los procedimientos de responsabilidades administrativas, así como su fundamento jurídico. 4. Proporcionar el documento que tenga el catálogo de faltas administrativas graves atribuidas a los particulares en situación especial, utilizado por las autoridades encargadas de investigar, sustanciar y sancionar los procedimientos de responsabilidades administrativas, así como su fundamento jurídico. Por último, verificar que los archivos que se proporcionen preferentemente sean en formato Excel, y cuyo formato no este dañado ni protegido, muchas gracias. Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaOficio: ASEN/AS/UT-59/2024 ..... las Faltas administrativas se encuentran catalogadas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas la cual, conforme a su artículo 1 es una Ley de orden público y de observancia general en toda la República y tiene por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación. En esta Ley en su artículo 3 podrá encontrar diversas definiciones, así, en las fracciones II, III y IV hallará las correspondientes a las autoridades investigadora, substanciadora y resolutora; mientras que en la fracción XIV se puede leer que Faltas administrativas son: las Faltas administrativas graves, las Faltas administrativas no graves, así como las Faltas de particulares; y en las fracciones XV, XVI y XVII se establece que se entenderá por cada una de estas Faltas administrativas. Ahora bien, la Ley establece en los artículos 49 y 50 la tipificación de las Faltas administrativas no graves de los Servidores Públicos; en los artículos del 51 al 64 Ter se encuentra la taxonomía de las Faltas administrativas graves de los Servidores Públicos; en los artículos del 65 al 72 se encuentra la clasificación de los actos de particulares que se consideran vinculados a faltas administrativas graves y cuya comisión es sancionada; finalmente, en el artículo 73 se describe las que se consideran Faltas de particulares en situación especial. Por tanto, es a partir de esta catalogación, que las autoridades competentes investigan las conductas de que se trate para determinar si se subsumen en alguna de las Faltas administrativas y de ser así las califican según corresponda, se substancian los procedimientos de responsabilidad administrativa a que haya lugar, y se resuelven dichos procedimientos en el sentido que legalmente resulte. Con lo expuesto se considera como atendida la solicitud de información y no obstante que la Ley General de Responsabilidades Administrativas es de orden público, se proporciona el enlace de acceso: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdfArchivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181387424000051