Nayarit - Fondo de Fomento Industrial del Estado de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 19/10/2023 a la dependencia Nayarit - Fondo de Fomento Industrial del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
DescripciónEn términos de lo dispuesto por el artículo 6° de la Constitución Federal, y de las leyes secundarias de Transparencia y Acceso a la Información que, de tal precepto emanan, le solicito muy atenta y respetuosamente se sirva proporcionar a esta representación sindical la información y documentación solicitada en este acto ya sea de manera impresa y/o digital correspondiente a: La dispersión de recursos públicos y por diferentes retenciones ordinarias y extraordinarias a los agremiados al Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Carácter Estatal de Nayarit, por sus siglas “SUTSEM”, que recibe tal organización sindical en calidad de persona moral con fines no lucrativos y que son depositados a las distintas cuentas bancarias de nuestro gremio sindical, como se indica a continuación: Solicitud por cada afiliado; respecto a los ejercicios fiscales de 2019, 2020 y 2021, que contenga la información desglosada de la siguiente manera: 1. Fecha de la dispersión del apoyo convencional y/o de la retención o descuento acordada, 2. Concepto de la transferencia o deposito del apoyo convencional y/o de la retención o descuento acordada; 3. Importe de la operación dispersada, 4. Nombre del banco, número de cuenta, y número de referencia de la operación bancaria; 5. Listado de trabajadores en su caso, que integran las retenciones o descuentos correspondientes a los depósitos por estos conceptos. Y, por último, 6. Forma del pago: transferencia, cheque, efectivo, tarjeta, etc. En espera de la atención oportuna que dará a nuestra solicitud, quedo pendiente de la información y documentación solicitada. Para recibir la información solicitada o en aras de transparencia pro activa, remita la que se ajuste a lo requerido, señalando sea notificada al medio de contacto que corresponde a la siguiente dirección electrónica sutsemhacienda@gmail.com, petición que debe ponderarse, toda vez, que se trata de información pública e incluso recae en las obligaciones que deben ser publicadas acorde al artículo 33, fracción XVI y demás relativas de la ley de Transparencia Local de la entidad. Respuesta del día21/11/2023Texto de respuestala información en mención y en ejercicio de mis atribuciones, realice la búsqueda exhaustiva y razonable de la información que obra en mis archivos físicos y digitales, de la que se desprende que, la información solicitada en cuanto a las retenciones privadas, tiene el carácter de confidencial, ya que si bien es cierto que el salario que perciben los servidores públicos, es integrado con recursos públicos, una vez devengado se convierte en privado, y las retenciones solicitadas, son descuentos que tienen el carácter de deducciones personales y voluntarias del personal, por lo que poseen una naturaleza confidencial, en virtud de que estas, son datos personales concernientes al patrimonio de personas físicas identificadas o identificables que implican decisiones personales que solo competen a la esfera de la vida privada del titular, pues se trata de retenciones extraordinarias respecto de las cuales esta entidad no aporta peso alguno, por lo tanto se trata de decisiones personales del uso y destino que los servidores públicos desean dar a su patrimonio. Además se liga directamente al derecho de asociación, por lo que las retenciones hechas a los trabajadores no tienen el carácter de información pública, además que se deduce que el solicitante es una persona diversa a los titulares de la información, al ser un sindicato quien solicita la información.Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-181899723000028