Hacer tu solicitud
Pidala.info no recibe solicitudes. Puedes hacer la tuya, gratis, a Nayarit - Secretaria Ejecutiva del Sistema Local Anticorrupción de Nayarit - (NAY). Así se hace:
- Elige por dónde. En la Plataforma Nacional de Transparencia, en la Unidad de Transparencia de la dependencia, por correo electrónico o por correo postal.
- Describe la información que buscas. Sé concreto: qué documentos, de qué periodo y de qué área. No tienes que decir para qué la quieres.
- Indica cómo quieres recibirla (consulta directa, copias o medio electrónico) y un medio para recibir avisos. En la Plataforma los avisos llegan por la misma plataforma.
- Guarda el folio. Es el número con el que das seguimiento a tu solicitud.
- Espera la respuesta. El plazo es de hasta 20 días, ampliable 10 más con justificación. Si te piden aclarar o completar tu solicitud, el plazo vuelve a empezar cuando respondas.
- Costos. Pedir es gratis. Solo pueden cobrar copias, envío o certificación, y hasta 20 hojas simples la entrega no tiene costo.
- Si no te responden o no estás de acuerdo, tienes 15 días para presentar un recurso de revisión ante la autoridad garante (en el Gobierno Federal, Transparencia para el Pueblo) o ante la Unidad de Transparencia.
Antes de escribir, revisa en Pidala.info cómo se preguntó antes a esta dependencia: las solicitudes que obtuvieron información son buenos modelos. No copies datos personales de otras personas.
Según la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (2025), artículos 14, 15, 124 a 127, 130, 134, 143 y 144.
📑Nayarit - Secretaria Ejecutiva del Sistema Local Anticorrupción de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 16/10/2023 a la dependencia Nayarit - Secretaria Ejecutiva del Sistema Local Anticorrupción de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
- Solicitud16/10/2023
- Fecha límite15/11/2023
- Respuesta08/11/2023
Solicitud
Descripción"La Corte Interamericana de los Derechos Humanos ha señalado la posibilidad de que una persona resulte discriminada con motivo de la percepción que otras tengan acerca de su relación con un grupo o sector social, independientemente de que ello corresponda con la realidad o con la auto-identificación de la víctima. La discriminación por percepción tiene el efecto o propósito de impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona objeto de dicha discriminación, independientemente de si dicha persona se auto-identifica o no con una determinada categoría. Al igual que otras formas de discriminación, la persona es reducida a la única característica que se le imputa, sin que importen otras condiciones personales. En consecuencia, de conformidad con lo anterior, se puede considerar que la prohibición de discriminar con base en la identidad de género, se entiende no únicamente con respecto a la identidad real o auto-percibida, también se debe entender en relación a la identidad percibida de forma externa, independientemente que esa percepción corresponda a la realidad o no. En ese sentido, se debe entender que toda expresión de género constituye una categoría protegida por la Convención Americana en su artículo 1.1. Por último, es relevante señalar que varios Estados de la región han reconocido en sus ordenamientos jurídicos internos, sea por disposición constitucional, sea por vía legal, por decretos o por decisiones de sus tribunales, que la orientación sexual y la identidad de género constituyen categorías protegidas contra los tratos diferentes discriminatorios. En este marco, solicito al Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción de Nayarit: 1) Los documentos que acrediten el cumplimiento de los instrumentos internacionales (sentencias, acuerdos, convenciones, informes, observaciones, recomendaciones de Naciones Unidas, la Convención Americana, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Informes de Relatores Especiales), nacionales y locales (CPEUM, leyes, códigos, reglamentos) en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación, desagregados por año del periodo 2018 al 2022. 2) Las evaluaciones periódicas de los ordenamientos legales aplicables en materia de perspectiva de género, igualdad y no discriminación en el ámbito de competencia de la Comité Coordinador, e identificar y resolver los problemas de incumplimiento y falta de información, así como los contratiempos que surjan. Entregar la información desagregada por año del periodo 2018 al 2022."Respuesta
Respuesta del día08/11/2023Texto de respuestaRespecto de lo cual, este organismo tiene a bien informar en el archivo anexo con la documentación solicitada. Sin otro particular, le envío un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuesta (agrupación de Pidala.info)Entrega de información en el medio indicadoMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTDatos adicionales
FolioNAY-IP-182273723000205EstatusTerminadaTipo de solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaPrórrogaNoPrevenciónNoDisponibilidadNoQuejaNoFecha límite de respuesta15/11/2023Fecha de término de la solicitud08/11/2023Órgano garanteNayaritSector de la dependenciaDescentralizadosEnlaces
Fuentes de datos
Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)
Solicitudes de acceso a la información publicadas por los sujetos obligados en la PNT. Pidala.info las publica tal como aparecen en la PNT, sin modificaciones.
Última importación de estos datos18/11/2024