Nayarit - Secretaria de Movilidad del Estado de Nayarit - (NAY)
Solicitud del día 27/03/2024 a la dependencia Nayarit - Secretaria de Movilidad del Estado de Nayarit - (NAY) del órgano Nayarit
Descripción1.- Nombre completo del delegado de movilidad del poblado de "La peñilta de jaltemba", asi como su horario de trabajo, direccion oficial de su lugar de trabajo. 2.- Nombre completo de la persona que funge como "Juez calificador" de los montos a pagar por multas que se realizan en el poblado de la peñita de Jaltemba. 3.- Nombre completo de la secretaria del delegado de movilidad del poblado de "La peñita de jaltemba". 4.- reglamento, ley, o similar que regula las facultades y obligaciones del secretario de movilidad de el poblado de "la peñita de jaltemba". 5.- reglamento, ley, o similar que regula las facultades y obligaciones de la persona que funge como "Juez calificador" de los montos a pagar por multas que se realizan en el poblado de la peñita de Jaltemba.Otros datosanexo foto que se me entrego en la oficina de secretaria de movilidad ubicado en la peñita de jaltemba, con sello de supuesto ""Juez calificador"", para ser preciso sobre la persona a la que me refiero en la presente solicitud.Respuesta del día25/04/2024Texto de respuestaPor medio del presente ¿y en relación a su solicitud de información con número de folio 182537724000014, presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; le hago del conocimiento que, una vez analizada su procedencia fue turnada a las Unidades Administrativas competentes, siendo la Coordinación General de Adminstración competente para conocer y resolver sobre las preguntas 1, 2 y 3 de su solicitud; y la Dirección Jurídica para conocer y resolver sobre las preguntas 4 y 5 de su solucitud. Agotado el término legal que señala la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Etsado de Nayarit y su reglamento, se tiene contestación por parte de la Dirección Jurídica, misma que se anexa al presente para los efectos legales a que haya lugar. Por otra parte, en lo que compete a la Coordinación General de Administración, no se tiene respuesta dónde remita la información solicitada o manifieste la inposibilidad de remitirla, por lo que se le hace del conocimiento dejando a salvo sus derechos para que los ejerza a través del recurso correspondiente.Archivo adjuntoDescargarFolioNAY-IP-182537724000014