Nuevo León - Fideicomiso Empresarios Unidos por la Educación (FIDEUNE) (EXTINTO) - (NL)
Solicitud del día 14/02/2017 a la dependencia Nuevo León - Fideicomiso Empresarios Unidos por la Educación (FIDEUNE) (EXTINTO) - (NL) del órgano Nuevo León
Descripciónsolicitud para beca de bajos recursosOtros datossolicitud para beca de bajos recursosRespuesta del día28/02/2017Texto de respuestaEstimado Solicitante: En relación a su atenta solicitud con número de folio 00197117 recibida en fecha 14 de febrero de 2017, en esta Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, mediante la cual solicita: “…solicitud para beca de bajos recursos....”; con fundamento en los artículos 1º, 18, fracción III y 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; Sexto Transitorio del Decreto 099 que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, publicado el 6 de abril de 2016 en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León; 1º, 2º, 3º, fracción IV, 30 y 31 fracción XlX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y 1º, 3º, 58 y 60 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, y conforme al Acuerdo de fecha 13 de octubre de 2016, emitido por el Secretario de Finanzas y Tesorero General del Estado, me permito informarle lo siguiente: En relación a su solicitud, se le comunica que con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4º, 18 fracción III, 21 y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, en relación con los diversos 2º, 3º y 161 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, esta Secretaría no es la competente para proporcionarle la información solicitada, por esta razón se le orienta hacer su solicitud directamente a la Secretaria de Educación del Estado; lo anterior para que conforme a sus atribuciones resuelvan su solicitud en los términos que legalmente proceda. Asimismo, se le informa que de conformidad con el artículo 167 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, queda a salvo su derecho de interponer el recurso de revisión en contra de esta determinación, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta, ante la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León o la Unidad de Transparencia, conforme a las prevenciones que estipula el Título Octavo, Capítulo Primero, de la Ley de Transparencia antes mencionada. Sin otro particular, reitero a Usted las seguridades de mi consideración. A T E N T A M E N T E Monterrey, N.L., a 27 de febrero de 2017 EL C. RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO ULISES CARLIN DE LA FUENTEArchivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-00197117