Nuevo León - Fideicomiso Fondo Metropolitano Ciudad de Monterrey (FONMETRO) - (NL)

Solicitud del día 11/10/2019 a la dependencia Nuevo León - Fideicomiso Fondo Metropolitano Ciudad de Monterrey (FONMETRO) - (NL) del órgano Nuevo León

DescripciónRespecto al programa del Gobierno del Estado de Nuevo León denominado Bono Preferente que sirve de apoyo a miles de estudiantes, a adultos mayores y a personas con alguna discapacidad con el Bono Preferente y se traduce en una aportación mensual de 300 pesos para el transporte público, requiero conocer los siguientes puntos 1. Estatus actual del programa Bono Preferente 2. Padrón de beneficiarios del programa Bono Preferente del periodo 2018 hasta junio de 2019. 3. Reglas de operación del programa Bono Preferente 4. Requisitos para acceder al programa Bono Preferente como estudiante de la Universidad Autónoma de Nuevo León de nivel superior y medio superior. 5. Datos de contacto del área administrativa responsable de la operación del programa Bono Preferente Toda la información la requiero en formatos electrónicos y, de conformidad con el Título Cuarto, Capitulo III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, en formatos abiertos, para aquella información que sea aplicable.Respuesta del día16/10/2019Texto de respuestaMonterrey, Nuevo León, 15-quince de octubre de abril de 2019-dos mil diecinueve.- - VISTO: Para resolver la solicitud con número de folio 01355319, presentada por medio electrónico, en el sistema Infomex; vista que fue la misma y: R E S U L T A N D O: ÚNICO: Que el interesado presentó el día 11-once de octubre del presente año, a través de medios electrónicos, desde el portal de Gobierno, vía sistema Infomex, una solicitud mediante el procedimiento de Acceso a la Información, misma que al ser presentada después de las 15:00 horas de un día hábil, se tiene por recibida ante este Fideicomiso No. 2133 “Fondo Metropolitano Ciudad de Monterrey”, en fecha 14-catorce del presente mes y año; estableciendo en dicha solicitud lo siguiente: “Respecto al programa del Gobierno del Estado de Nuevo León denominado Bono Preferente que sirve de apoyo a miles de estudiantes, a adultos mayores y a personas con alguna discapacidad con el Bono Preferente y se traduce en una aportación mensual de 300 pesos para el transporte público, requiero conocer los siguientes puntos 1. Estatus actual del programa Bono Preferente 2. Padrón de beneficiarios del programa Bono Preferente del periodo 2018 hasta junio de 2019. 3. Reglas de operación del programa Bono Preferente 4. Requisitos para acceder al programa Bono Preferente como estudiante de la Universidad Autónoma de Nuevo León de nivel superior y medio superior. 5. Datos de contacto del área administrativa responsable de la operación del programa Bono Preferente. Toda la información la requiero en formatos electrónicos y, de conformidad con el Título Cuarto, Capitulo III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, en formatos abiertos, para aquella información que sea aplicable.”. En consecuencia, estando dentro del plazo que señala la ley de la materia para dar respuesta a la solicitud, y; C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que de conformidad con los artículos 1°, 23, 25 y 26 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 1º, 2, 26, 58, 83, 146, 147, 148 y 157 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, 1º, 3, 35, 36 y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; y de conformidad con el nombramiento de fecha 1° de diciembre de 2016, mediante el cual se designa a la suscrita como Responsable de la Unidad de Transparencia, y cuenta con atribuciones para recibir, tramitar y contestar solicitudes de acceso a la información presentadas ante este fideicomiso, atendiendo a los procedimientos regulados en la Ley de la materia. SEGUNDO: Que la solicitud citada en el Resultando Único, reúne los requisitos contenidos en los artículos 122, 124 y 126 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 147, 149 y 151 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. TERCERO: Entrando en materia y en respuesta a su petición, se le informa al solicitante que no es competencia del Fideicomiso No. 2133 “Fondo Metropolitano Ciudad de Monterrey”, conocer del programa Bono Preferente, toda vez que este Sujeto Obligado es un Fideicomiso de administración e inversión, que de conformidad con las Cláusulas Primera y Tercera de su Contrato Constitutivo tiene como fin recibir y administrar los recursos asignados para el Fondo Metropolitano, con el objeto de destinarlos a la ejecución de planes, estudios, evaluaciones, programas, proyectos, acciones y obras públicas de infraestructura y su equipamiento, viables y sustentables en la Zona Metropolitana de Monterrey, así como fungir como mecanismo de pago de las obras o proyectos, a cargo de distintas dependencias u organismos, financiados con el Fondo Metropolitano. Por lo que, con recursos del Fondo Metropolitano no fue asignado presupuesto para el programa Bono Preferente. Por lo anterior, no es competencia de éste sujeto obligado proporcionar la información solicitada por el interesado. CUARTO: Prevaleciendo el principio de máxima orientación al solicitante, se le recomienda al interesado realizar su petición a la Secretaría de Desarrollo Social, quien posiblemente pueda contar con la información solicitada por tratarse de un programa social; lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. Por lo anteriormente expuesto, es de resolverse y se: R E S U E L V E: PRIMERO: Esta Unidad de Transparencia da respuesta, en tiempo y forma, a la solicitud de información registrada bajo el folio número 01355319, descrita en la presente resolución, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. SEGUNDO: En respuesta a su petición, no es posible proveer de conformidad lo solicitado, en razón de lo expresado en el considerando tercero del presente instrumento. TERCERO: Se orienta al interesado a realizar su petición a la Secretaría de Desarrollo Social, en razón de lo expresado en el considerando cuarto del presente instrumento. CUARTO: Se hace de su conocimiento que queda a salvo su derecho de interponer, respecto de la presente respuesta, el Procedimiento de Impugnación, en los términos del Capítulo I del Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Capítulo I del Título Octavo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. QUINTO: Una vez que quede firme la presente resolución, archívese como asunto totalmente concluido. SEXTO: Notifíquese a través del sistema Infomex, con fundamento en los artículos 125 y 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 150, 157 y 161 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, lo resuelve y firma la Licenciada Graciela Contreras Salazar, Responsable de la Unidad de Transparencia del Fideicomiso 2133 “Fondo Metropolitano Ciudad de Monterrey”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se registró bajo el expediente número FONMETRO-01355319. La C. Lic. Graciela Contreras Salazar Responsable de la Unidad de Transparencia del Fideicomiso 2133 “Fondo Metropolitano Ciudad de Monterrey”Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-01355319

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaA. La solicitud corresponde a otra dependenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta25/10/2019Fecha solicitud término16/10/2019Órgano autónomo responsable, del Estado deNuevo LeónSector de la dependenciaFideicomisos y fondos públicos