Nuevo León - Operadora de Servicios Turísticos de Nuevo León (OSETUR) (OPD) - (NL)

Solicitud del día 14/07/2024 a la dependencia Nuevo León - Operadora de Servicios Turísticos de Nuevo León (OSETUR) (OPD) - (NL) del órgano Nuevo León

Descripción 1. Solicito me informe cuantos procedimientos de responsabilidad administrativa ha iniciado ese ente público a raíz de los informes del resultado emitidos por la Auditoría Superior del Estado en los ejercicios 2021 y 2022. 2. Solicito me informe en esos procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados, en cuantos se emitió el informe de presunta responsabilidad administrativa. 3. Solicito me informe en esos procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados, en cuantos se emitió acuerdo de conclusión. 3. Solicito me informe en esos procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados, en cuantos se continúa con el tramite legal. Respuesta del día23/07/2024Texto de respuestaRespuesta a Solicitud de Información Pública No. 191109424000006 Monterrey, Nuevo León a 23 de julio de 2024 Estimado solicitante, por este conducto me permito comunicarle que, en relación con su solicitud, se ha dictado un Acuerdo que textualmente establece: “En la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, a los 23-veintitres días del mes de julio del año 2024. VISTA: La solicitud de información pública registrada bajo el número de folio 191109424000006 recibida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, con fecha de presentación 14 de julio del 2024 dirigida a esta Operadora de Servicios Turísticos de Nuevo León. Análisis Jurídico. Que la solicitud de mérito se analiza de conformidad con los artículos 3 fracción XXXI, XXXII, XL y XLI de la “Ley de Transparencia”, que en síntesis prevén que información e información pública es aquélla contenida en los documentos que los sujetos obligados generan, obtienen, adquieren, transforman o conservan por cualquier título o aquélla que por disposición legal deban generar, y que no se encuentre clasificada; que modalidad es el formato en que otorgará la información pública que sea requerida y en que obre la información. En este sentido y robusteciendo lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información de los solicitantes, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos. En virtud de los solicitado, y con relación al punto 1 de su solicitud se informa que, ésta Operadora de Servicios Turísticos de Nuevo León no cuenta con un Órgano Interno de Control, sin embargo en términos de los artículos 12 y 28 del Reglamento Interno de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Estado, será para las dependencias y entidades que no cuenten con Órgano Interno de Control la Contraloría y Transparencia Gubernamental del estado de Nuevo León quien ejecute las funciones de investigar y substanciar los procedimientos por faltas administrativas e imponer sanciones por faltas administrativas. En relación a lo anterior se informa al solicitante que ésta Operadora no ha iniciado ningún procedimiento de responsabilidad administrativa como resultado de los informes emitidos por la Auditoría Superior del Estado respecto a los ejercicios 2021 y 2022. En cuanto a los numerales 2, 3 y 3 del escrito de solicitud referido, de igual manera manifiesto que ésta Operadora no ha iniciado ningún procedimiento de responsabilidad administrativa, por lo cual no existe acuerdo de conclusión ni se cuenta con algún trámite legal. En virtud de lo anterior se comunica al solicitante la presente contestación; en los términos del siguiente: ACUERDO: PRIMERO: Comuníquese al solicitante que conforme a los razonamientos lógico jurídicos expuestos en el presente instrumento, la información relativa a su solicitud se encuentra en los términos señalados. SEGUNDO. Se hace de su conocimiento que queda a salvo su derecho de interponer, respecto de la presente respuesta, el Procedimiento de Inconformidad, en los términos de los artículos del 184 al 196 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León (que puede ser consultada gratuitamente en http://archivo.nl.gob.mx/?P=legislacionypoe, así como en http://www.infonl.org.mx/; de manera presencial o por vía electrónica en: a) El Instituto Estatal de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, ubicado en Ave. Constitución número 1462-1, Edificio Maldonado, Zona centro, Monterrey; o bien b) directamente en las oficinas del suscrito Responsable de la Unidad de Transparencia, o a través del presente correo electrónico karina.ponzzi@nuevoleon.gob.mx. Al quedar firme el presente Acuerdo, debe darse de baja y archivarse como asunto totalmente concluido el expediente formado con motivo de la solicitud de información pública registrada bajo el número de folio 191109424000006. NOTIFÍQUESE el presente Acuerdo de respuesta debidamente rubricaArchivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-191109424000006

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta29/07/2024Fecha solicitud término23/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deNuevo LeónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo