Nuevo León - Parque Fundidora (OPD) - (NL)

Solicitud del día 14/07/2024 a la dependencia Nuevo León - Parque Fundidora (OPD) - (NL) del órgano Nuevo León

Descripción 1. Solicito me informe cuantos procedimientos de responsabilidad administrativa ha iniciado ese ente público a raíz de los informes del resultado emitidos por la Auditoría Superior del Estado en los ejercicios 2021 y 2022. 2. Solicito me informe en esos procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados, en cuantos se emitió el informe de presunta responsabilidad administrativa. 3. Solicito me informe en esos procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados, en cuantos se emitió acuerdo de conclusión. 3. Solicito me informe en esos procedimientos de responsabilidad administrativa iniciados, en cuantos se continúa con el tramite legal. Respuesta del día30/07/2024Texto de respuestaIV. Análisis Jurídico. Que la solicitud de mérito se analiza de conformidad con los Artículos 1, 14, 15, 18, 39, 40, 41 y 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; Artículos 1, 4, 6, 7, 13 de la Ley de Obras Públicas para el Estado y Municipios de Nuevo Leon, Artículos 1, 5 Fracción VI, 10, 11 y 16 del Reglamento Interior del Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora y los Artículos 1, 2, 6, 12, 13, 23, 24, 56, 57, 95, 146, 147, 150, 151, 156, 157, 158, 159, 161 y demás relativos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León. Que para atender la presente Solicitud de Información, se aplican los Criterios de Interpretación emitidos por el Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), mismos que a la letra establecen: “Criterio 03/17 – No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. “Criterio 13/17 – Incompetencia. La incompetencia implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara.” “Criterio 16/09 – La incompetencia es un concepto que se atribuye a la autoridad. El tercer párrafo del artículo 40 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental prevé que cuando la información solicitada no sea competencia de la dependencia o entidad ante la cual se presente la solicitud de acceso, la unidad de enlace deberá orientar debidamente al particular sobre la entidad o dependencia competente. En otras palabras, la incompetencia a la que alude alguna autoridad en términos de la referida Ley implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada –es decir, se trata de una cuestión de derecho-, de lo que resulta claro que la incompetencia es un concepto atribuido a quien la declara.” Único. Respecto al total de requerimientos presentados, este Organismo se declara notoriamente incompetente. El Ente Público competente es la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado de Nuevo León. Lo anterior debido a que los requerimientos planteados en su solicitud se refieren a procedimientos de responsabilidad administrativa, así como los informes y acuerdos de conclusión derivados de estos. Lo anterior es así, debido a que este Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora no cuenta con un Órgano Interno de Control que se encargue y tenga facultades para dar trámite e inicio a procedimientos administrativos que tengan por objeto fincar una responsabilidad administrativa a sus servidores públicos adscritos. En esta línea de ideas, este Organismo solamente se limita a proporcionar información a la Contraloría del Estado, quien es el ente de control de este Organismo, y el encargado de tales procedimientos. En consecuencia, se orienta al Ciudadano a presentar una Solicitud de Información a la Unidad de Transparencia de la Contraloría y Transparencia Gubernamental del Gobierno del Estado de Nuevo León, al ser dicho Ente quien podrá hacerle entrega de la información de su interés, respecto de los procedimientos de responsabilidad administrativa de este Organismo.Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-191109524000043

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaSiRespuestaPor notoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta12/08/2024Fecha solicitud término30/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deNuevo LeónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo