Nuevo León - Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (OPD) - (NL)
Solicitud del día 24/10/2024 a la dependencia Nuevo León - Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León (OPD) - (NL) del órgano Nuevo León
Descripciónse tiene desde el 21 de febrero del presente año solicitando la Digitalización de la sentencia a nombre de MARÍA RAMÍREZ de fecha 21 (veintiuno) de mayo del 1953 (novecientos cincuenta y tres) que se encuentra registrada bajo el No. 27, folio 383, volumen 23, Sección de Sentencias, Unidad Monterrey, en fecha 25 (veinticinco) de mayo de 1953 (novecientos cincuenta y tres), que se llevó a cabo en el Juzgado Primero de lo Civil de la ciudad, esto para que sea traído a la vista del presente solicitante, lo cual no ha sido posible su Digitalizacion puesto que ya se hablo con varios encargados del área como lo es con el Lic. Juan Davila, y los del area correspondiente, y lo cual desde la primer solicitud de febrero del presente año me han estado comentando que se tardan 20 días hábiles y visto a mis reiteradas gestiones en el trascurso del año como se podra evidenciar en los documentos que se anexa, no me han podido resolver el tema de la digitalización de la sentencia anteriormente mencionada.Otros datossentencia a nombre de MARÍA RAMÍREZ con fecha de registro 21 (veintiuno) de mayo del 1953 (novecientos cincuenta y tres) bajo el No. 27, folio 383, volumen 23, Sección de Sentencias, Unidad Monterrey, en fecha 25 (veinticinco) de mayo de 1953 (novecientos cincuenta y tres)Respuesta del día29/10/2024Texto de respuestaOficio Número. - 38107/DJ/2024 Monterrey, Nuevo León. 29 de octubre de 2024 Asunto: Se notifica acuerdo recaído a la Solicitud de Información bajo el folio N° 191110224000095 ESTIMADO SOLICITANTE. P R E S E N T E.- En relación a su atenta solicitud, mediante la cual señala como sujeto obligado al Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León; se ha dictado un ACUERDO que a la letra dice: “En la Ciudad de Monterrey, Nuevo León a los 29 – veintinueve días del mes de octubre del año 2024- dos mil veinticuatro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VISTO: El número de folio 191110224000095, el cual contiene la solicitud de información pública, presentado el día 24 de octubre del 2024, a las 13:27:35 P.M. – trece horas con veintisiete minutos, y con registro oficial en esta dependencia en fecha 24 de octubre de 2024, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia Nuevo León. CONSIDERANDO I.- Competencia: Que el suscrito Titular de la Unidad Jurídica del Instituto Registral y Catastral, designado mediante oficio DG/195/2024, suscrito por el Director General del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, como Responsable de la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado, en fecha 24 de septiembre de 2024, cuenta con atribuciones para recibir, tramitar y contestar solicitudes de acceso a la información presentadas ante el Instituto en cita, atendiendo a los procedimientos regulados en la Ley de la materia, de conformidad con los artículos 1, 4 y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León; los artículos 23 Fracción I y 24 de la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León; el artículo 19 fracción XII del Reglamento Interior del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León; en relación con los diversos 3 fracción LI inciso b), 23, 24 fracción II, 25, 58, 146, 147 y 148, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, en lo sucesivo, Ley de Transparencia. II.- Marco de Competencia: De conformidad con los artículos 1 y 4 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León y el artículo 9 de la Ley del Instituto Registral y Catastral del Estado de Nuevo León, este organismo tiene en sus atribuciones: Regular, administrar y prestar los servicios inherentes a la integración electrónica de la información de las bases de datos y archivos públicos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en su caso, y el Catastro del Estado de Nuevo León, entre otras atribuciones, según lo dispuesto en el artículo en comento. III.- Días y horas hábiles: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León, dentro de sus artículos 3, fracción XVIII, 151 y 157, en relación con la Ley del Servicio Civil del Estado, establecen en síntesis que el cómputo de plazos para el trámite de solicitudes de acceso a la información será en días hábiles, en consecuencia, se tiene por presentada la solicitud el día 24 de octubre de 2024, al ser recibida a las 13:27:35 P.M. horas del mismo día, esto en período hábil, por lo que se toma como fecha oficial de registro el día 24 de octubre de 2024. IV.- Solicitud: La solicitante a través del sistema autorizado y en términos de los artículos 147 y 148 de la Ley de Transparencia, realizó una solicitud a través de la Plataforma Nacional de Transparencia Nuevo León, en la que se advierte lo siguiente: “se tiene desde el 21 de febrero del presente año solicitando la Digitalización de la sentencia a nombre de MARÍA RAMÍREZ de fecha 21 (veintiuno) de mayo de 1953 (novecientos cincuenta y tres) que se encuentra registrada bajo el No. 27, folio 383, volumen 23, Sección de Sentencias, Unidad Monterrey, en fecha 25 (veinticinco) de mayo de 1953 (novecientos cincuenta y tres), que se llevó a cabo en el Juzgado Primero de lo Civil de Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-191110224000095