Nuevo León - Partido del Trabajo - (NL)

Solicitud del día 30/07/2024 a la dependencia Nuevo León - Partido del Trabajo - (NL) del órgano Nuevo León

DescripciónSolicito los correos electrónicos de los regidores electos por el principio de representación proporcional de los municipios de: General Escobedo, Montemorelos y El Carmen, en el proceso electoral 2023-2024.Respuesta del día13/08/2024Texto de respuestaC. José González P R E S E N T E. Con fundamento en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 5 de la Constitución Local, los artículos 1, 4, 6 y 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, además de los numerales 53 fracciones II, III, IV y V y el artículo 162 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios así como también el artículo 30 de la Ley General de Partidos Políticos, con el único propósito de cumplir con nuestros ordenamientos jurídicos en cuanto al acceso a la información pública, me permito responder a su solicitud número 191119224000013 de fecha de 30 de julio 2024, al tenor de la siguiente: “Solicito los correos electrónicos de los regidores electos por el principio de representación proporcional de los municipios de: General Escobedo, Montemorelos y El Carmen, en el proceso electoral 2023-2024.” sic. Con respecto a la solicitud anterior nos permitimos manifestar lo siguiente: Que las personas electas en el respetivo cargo todavía no se tienen asignados los correos institucionales del respectivo Municipio, dado que las personas que asumirán el cargo en las Regidurías rendirán protesta el día 30 de septiembre de 2024 (Artículo 173, CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN) y posterior a esa fecha es que les asignarán sus correos institucionales: y no es posible proporcionar otras direcciones de correo electrónico dado que una dirección de correo electrónico es un conjunto de palabras que constituyen una cuenta que permite el envío mutuo de correos electrónicos. Bajo esa óptica, dicha dirección es privada y única ya que identifica a una persona como titular de la misma pues para tener acceso a ésta se requiere un nombre de usuario, así como una contraseña, por tanto, nadie que no sea el propietario puede utilizarla. De lo anterior, es posible colegir que las cuentas de correos electrónicos pueden asimilarse al teléfono o domicilio particular, cuyo número o ubicación respectivamente, se considera como un dato personal, toda vez que es otro medio para comunicarse con la persona titular del mismo, lo que la hace localizable. Por consiguiente, se trata de información de una persona física identificada que, al darse a conocer, afectaría su intimidad. Actualmente, el correo electrónico sirve como una forma de comunicación y contacto entre las personas, razón por la cual, este Comité de Transparencia, tomando como referencia lo razonado por el máximo órgano garante en la materia, estima que la cuenta del correo electrónico personal forma parte de la esfera de datos confidenciales que deben ser protegidos y que no puede otorgarse sin consentimiento del titular, al tratarse de un elemento que puede hacer identificable a una persona. Por lo tanto después de una búsqueda exhaustiva, con un amplio criterio, razonable y efectiva en los archivos y registros institucionales del Partido del Trabajo, por las causas expuestas anteriormente nos permitimos invocar el criterio 07/17 del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, en virtud de que ya se ha confirmado que no se advierte obligación alguna de este sujeto obligado para contar con la información requerida y no se tienen elementos de convicción que permitan suponer que ésta debe obrar en los archivos institucionales, ha considerado que no necesario que el mismo Comité de Transparencia emita una Resolución que confirme la inexistencia de la información. Como la modalidad de entrega fue por medios electrónicos, la versión del documento completo en pdf también será enviada al correo electrónico proporcionado y por este medio podrá consultar también el archivo pdf correspondiente. Saludos cordialesArchivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-191119224000013

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta13/08/2024Fecha solicitud término13/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deNuevo LeónSector de la dependenciaPartidos Políticos