Nuevo León - Monterrey - Secretaría de Desarrollo Social (no vigente – información hasta enero 2022) - (NL)

Solicitud del día 28/01/2022 a la dependencia Nuevo León - Monterrey - Secretaría de Desarrollo Social (no vigente – información hasta enero 2022) - (NL) del órgano Nuevo León

DescripciónSolicitud de acuerdo con el archivo adjunto. Respuesta del día01/02/2022Texto de respuestaSe hace de su conocimiento que, de acuerdo al Reglamento de la Administración Pública Municipal de Monterrey el cual entro vigor a partir del 01 de enero de 2022, la Secretaría de Desarrollo Social cambió su nomenclatura a Secretaría de Desarrollo Humano e Igualdad Sustantiva del Municipio de Monterrey. Ahora bien, en relación al considerando cuarto se le informa lo siguiente: La Dirección de Educación de la Secretaría de Desarrollo Humano e Igualdad Sustantiva, realizó una búsqueda en sus archivos físicos y electrónicos, sin embargo, no se encontró información relacionada a “PROGRAMAS DE UNIFORMES ESCOLARES”. Determinándose por tanto su inexistencia; por lo cual resulta aplicable el Criterio 07/2017 emitido por el Órgano Garante Nacional, INAI, el cual señala a la letra lo siguiente: “Criterio 07/17 Segunda Época Casos en los que no es necesario que el Comité de Transparencia confirme formalmente la inexistencia de la información. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen el procedimiento que deben seguir los sujetos obligados cuando la información solicitada no se encuentre en sus archivos; el cual implica, entre otras cosas, que el Comité de Transparencia confirme la inexistencia manifestada por las áreas competentes que hubiesen realizado la búsqueda de la información. No obstante, lo anterior, en aquellos casos en que no se advierta obligación alguna de los sujetos obligados para contar con la información, derivado del análisis a la normativa aplicable a la materia de la solicitud; y además no se tengan elementos de convicción que permitan suponer que ésta debe obrar en sus archivos, no será necesario que el Comité de Transparencia emita una resolución que confirme la inexistencia de la información. Resoluciones: • RRA 2959/16. Secretaría de Gobernación. 23 de noviembre de 2016. Por unanimidad. Comisionado Ponente Rosendoevgueni Monterrey Chepov. • RRA 3186/16. Petróleos Mexicanos. 13 de diciembre de 2016. Por unanimidad. Comisionado Ponente Francisco Javier Acuña Llamas. • RRA 4216/16. Cámara de Diputados. 05 de enero de 2017. Por unanimidad. Comisionada Ponente Areli Cano Guadiana.” Por lo anteriormente expuesto y fundado, se emite el siguiente:Archivo adjuntoDescargarFolioNL-IP-191170922000010

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta14/02/2022Fecha solicitud término01/02/2022Órgano autónomo responsable, del Estado deNuevo LeónSector de la dependenciaAyuntamientos